Ayudas para el fomento del uso de los seguros agrarios y se hace pública la convocatoria de las ayudas a las líneas del Plan de seguros agrarios 2016.- Convocatoria 2017.

Código de ayuda:

S44655/16

Norma:

Orden ARP/90/2016, de 18 de abril. ORDEN ARP/307/2016, de 7 de noviembre. RESOLUCIÓN ARP/2625/2016, de 17 de noviembre. ORDEN ARP/346/2016, de 20 de diciembre.

Plazo de Solicitud:

Un mes cuando haya suscrito y pagado la póliza; si es anterior a la convocatoria, un mes tras su publicación

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Establecer las medidas para la aplicación de las ayudas para el fomento del uso de los seguros agrarios en
Cataluña, de acuerdo con el Plan de seguros agrarios combinados.

Categorías Subvención

  • Agricultura, Ganadería, Caza y Pesca

Localización del organismo gestor

Cataluña

Convoca:

Departamento de Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentación (Cataluña)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Consultar según seguro.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Organizaciones y Cooperativas Agrarias

Detalle beneficiarios:

Las personas físicas o jurídicas titulares de explotaciones agrarias que cumplan los requisitos establecidos.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

a) Seguros correspondientes a las líneas que se detallan en el anexo 2 de esta Orden, incluidas en el Plan. Las ayudas a estos seguros tienen naturaleza de ayudas de Estado y corresponden al régimen notificado por la Administración General del Estado declarado compatible por la Comisión Europea mediante Decisión de 30 de enero de 2002 (núm. de ayuda asignado N 774/2001).

b) Seguros para las estructuras, coberturas e instalaciones de invernaderos, umbráculos y túneles,
independientes de las pólizas suscritas para el aseguramiento de la producción que protegen. Las ayudas a
estas pólizas se someten al Reglamento (UE) 1408/2013 de la Comisión, de 18 de diciembre, relativo a la
aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea a las ayudas de
minimis en el sector agrícola.

Requisitos:

a) Que tengan parcelas o reses ubicados en el territorio de Cataluña.

b) En el caso de las líneas que cubran garantías adicionales aplicables a las organizaciones de productores, estas deben tener el domicilio social en Cataluña.

c) Que contraten los seguros del apartado 2.a) de estas bases reguladoras dentro del plazo establecido en el Plan, o que hayan contratado o contraten los seguros del apartado 2.b) de estas bases reguladoras dentro del plazo que se establezca en la convocatoria correspondiente.

d) Que no incurran en ninguna de las causas que impidan adquirir la condición de beneficiario establecidas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, ni el artículo 99 del Decreto legislativo 3/2002, por el que se aprueba el Texto refundido de la Ley de finanzas públicas de Cataluña.

Documentos asociados

Boletín: 26/04/2016
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 7109
Documento: Bases y Convocatoria 2016 Descargar Documento
Boletín: 17/11/2016
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 7249
Documento: Modificación cuantía Descargar Documento
Boletín: 24/11/2016
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 7254
Documento: Convocatoria 2016/2017 Descargar Documento
Boletín: 29/12/2016
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 7276
Documento: Modificación Bases Descargar Documento