Ayudas para el fomento del empleo de jovenes, mujeres y desempleados en microempresas, dentro del programa operativo FSE 2007-2013 de Melilla.- Convocatoria 2012.

Código de ayuda:

S64382/09

Norma:

Orden n.º 278 de fecha 1 de octubre de 2009. Orden n.º 69 de fecha 3 de febrero de 2010. En Melilla, a 6 de mayo de 2011. En Melilla, a 16 de mayo de 2012.

Plazo de Solicitud:

Hasta el día 15 de junio de 2012.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Convocar para el año 2012 la concesión de subvenciones de conformidad con lo establecido en el artículo 23 de la Ley 28/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y artículo 7 Reglamento por el que se regula el Régimen General de subvenciones concedidas por la Ciudad Autónoma de Melilla y gestionadas su sociedad instrumental Proyecto Melilla, S.A. (BOME nº 4.399 de 15/05/07), en régimen de concurrencia competitiva.

Categorías Subvención

  • Empleo
  • Juventud
  • Mujeres, Infancia y Ayudas familiares

Localización del organismo gestor

Melilla

Convoca:

Consejería de Economía y Hacienda (Melilla)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

1.- Base de cálculo: Es el importe de la cuota patronal (excluida la prima de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales), calculada sobre el importe del Salario Mínimo Interprofesional anual aprobado por RD 2128/2008 de 26 de Diciembre (BOE 314 del 30/12/2008),correspondiente al año 2009 (pagas extras incluidas, calculada 624*14 =8.736/12 = 728 €/mes).

2.- Contratos a jornada completa:

a) Para los contratos de 12 meses a jornada completa se subvencionarán con una ayuda del 75% sobre la Base de cálculo, con el límite total máximo de 2.000,00.-€.

b) Para los contratos superiores a 12 meses e inferiores a 24 meses a jornada completa se
subvencionarán con una ayuda del 85% sobre la Base de cálculo, con el límite de 187,50€/mes y
hasta un máximo de 4.500,00.-€.

c) Para los contratos indefinidos a jornada completa se subvencionarán dos años con una ayuda del 100% sobre la Base de cálculo, con el límite total máximo de 5.000,00.-€.

3.- Contratos a media jornada:

a) Para los contratos de 12 meses a media jornada se subvencionarán con una ayuda del 75% sobre la Base de cálculo, con el límite total máximo de 1.000,00.-€.

b) Para los contratos superiores a 12 meses e inferiores a 24 meses a media jornada se subvencionarán
con una ayuda del 85% sobre la Base de cálculo, con el límite de 93,75€/mes y hasta un máximo de 2.250,00.-€.

c) Para los contratos indefinidos a media jornada se subvencionarán dos años con una ayuda del
100% sobre la Base de cálculo, con el límite total máximo de 2.500,00.-€.

4.- Contratos realizados con mujeres. En el caso de que los contratos se realicen con mujeres,
los límites aplicados en todos los casos del artículo 8.2 y 8.3, se verán incrementados en un 10%.

5.- Para aquellos sectores incluidos en la Orden TAS/471/2004, de 26 de Febrero para las Ciudades
de Ceuta y Melilla, y mientras dicha orden sea prorrogada la subvención resultante, se minorará
en un 40%,.

El limite máximo por beneficiario, para este tipo de ayudas no podrá exceder de:

- La mitad del presupuesto establecido para cada convocatoria.

El límite de ayuda establecido en el mapa nacional de ayudas regionales definido junto con las
Directrices sobre ayudas de Estado de finalidad regional para el período 2007-2013.

- Lo dispuesto en el Reglamento CE 1998/2006 de la Comisión de 25/12/2006, relativo a la aplicación de
los artículos 87 y 88 del Tratado a las ayudas de minimis, de forma que las ayudas reguladas en las
presentes bases serán incompatibles con la recepción en un periodo inferior de tres ejercicios fiscales
de otras ayudas que, sumadas a las otorgadas en virtud de estas bases, excedieran de 200.000.-€ y de
100.000.-€ si se tratan de empresas que operen en el sector transporte.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Autónomos
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

Las empresas, cualquiera que sea su forma jurídica, que operen efectiva y materialmente en la Ciudad Autónoma de Melilla, siempre y cuando sean consideradas microempresas.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

El fomento y posterior mantenimiento del empleo por cuenta ajena mediante la contratación personas desempleadas, encuadrados, entre otros, los jóvenes menores de 30 años, y en especial mujeres en microempresas en la Ciudad Autónoma de Melilla, en el marco del Programa Operativo FSE para Melilla
periodo 2007-2013; Eje 1 -"Fomento del Espíritu Empresarial y Mejora de la Adaptabilidad de Trabajadores, Empresas y Empresarios"-, Tema Prioritario 68 -"Apoyo al trabajador por cuenta propia y a la creación de empresas".

Requisitos:

Se entiende por Microempresa aquellas que cumplan los siguientes requisitos:

a) Que ocupa a menos de 10 personas.

b) Que el volumen de negocios anual o cuyo balance general anual no supera los 2 millones de euros.

c) Que el cómputo de efectivos y límites en caso de empresas asociadas o vinculadas se efectúen como disponen los apartados 2 y 3 del artículo 6 del Anexo de la Recomendación de la Comisión de 6 de mayo de 2003.

Documentos asociados

Boletín: 06/10/2009
BOCME Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Melilla- Nº 4649
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
Boletín: 09/02/2010
BOCME Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Melilla- Nº 4685
Documento: Convocatoria 2010 Descargar Documento
Boletín: 13/05/2011
BOCME Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Melilla- Nº 4816
Documento: Convocatoria 2011. Descargar Documento
Boletín: 22/05/2012
BOCME Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Melilla- Nº 4923
Documento: Convocatoria 2012. Descargar Documento