Ayudas para el fomento del deporte.
Código de ayuda:
S49455/08Norma:
Consejo Insular de Formentera, Num. 11995.Plazo de Solicitud:
Fecha Fin: 23/07/2008Finalidad u objetivo de la ayuda:
El objeto de estas bases es ofrecer y regular la concesión de ayudas económicas para el fomento del deporte y de la actividad física en la Isla de Formentera dirigidas a entidades sin ánimo de lucro.Categorías Subvención
Actividades culturales, lingüísticas y Deporte
Asociacionismo y Voluntariado
Localización del organismo gestor

Convoca:
Consejo Insular de Ibiza-Formentera (Islas Baleares)¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
Para las ayudas objeto de esta convocatoria se destinará la cantidad máxima de 40.000 euros, con cargo a la partida 452.48900 del ejercicio presupuestario del año 2008.Esta cantidad se desglosa en los siguientes apartados:
Para el apartado 1.1.1: 30.000 euros
Para el apartado 1.1.2: 2.000 euros
Para el apartado 1.1.3: 2.000 euros
Para el apartado 1.1.4: 6.000 euros
La cantidad máxima por beneficiario no podrá superar la cantidad de 20.000 euros.
Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Asociaciones
- Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
- Fundaciones
Detalle beneficiarios:
Se pueden acoger a esta convocatoria las siguientes entidades:Todas las entidades sin ánimo de lucro constituidas e inscritas legalmente a los registros correspondientes del Gobierno de las Islas Baleares que desarrollen su actividad deportiva en Formentera.
¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
Se establecen las siguientes modalidades:1.- El mantenimiento ordinario de los equipos de los clubes.
2.- La participación en ligas nacionales de ámbito estatal.
3.- La participación a la fase de ascenso de las ligas baleares.
4.-La realización de programas de mejora deportiva y la organización de acontecimientos deportivos de nivel insular.
No será necesario que la solicitud sea previa a la realización de la actividad para la cual se pide la ayuda.
Requisitos:
Sólo podrán obtener subvención las entidades que obtengan la puntuación mínima siguiente:Para el apartado 1.1.1: 25 puntos.
Para el apartado 1.1.2: 25 puntos.
Para el apartado 1.1.3: 6 puntos.
Para el apartado 1.1.4: 50 puntos.
Documentos asociados
Boletín:
03/07/2008
BOIB Boletín Oficial de las Islas Baleares- Nº 93
Documento: Bases y Convocatoria 2008 Descargar Documento
BOIB Boletín Oficial de las Islas Baleares- Nº 93
Documento: Bases y Convocatoria 2008 Descargar Documento