Ayudas para el fomento del deporte.

Código de ayuda:

S49455/08

Norma:

Consejo Insular de Formentera, Num. 11995.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 23/07/2008

Finalidad u objetivo de la ayuda:

El objeto de estas bases es ofrecer y regular la concesión de ayudas económicas para el fomento del deporte y de la actividad física en la Isla de Formentera dirigidas a entidades sin ánimo de lucro.

Categorías Subvención

  • Actividades culturales, lingüísticas y Deporte
  • Asociacionismo y Voluntariado

Localización del organismo gestor

Islas Baleares

Convoca:

Consejo Insular de Ibiza-Formentera (Islas Baleares)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Para las ayudas objeto de esta convocatoria se destinará la cantidad máxima de 40.000 euros, con cargo a la partida 452.48900 del ejercicio presupuestario del año 2008.

Esta cantidad se desglosa en los siguientes apartados:

Para el apartado 1.1.1: 30.000 euros
Para el apartado 1.1.2: 2.000 euros
Para el apartado 1.1.3: 2.000 euros
Para el apartado 1.1.4: 6.000 euros

La cantidad máxima por beneficiario no podrá superar la cantidad de 20.000 euros.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones

Detalle beneficiarios:

Se pueden acoger a esta convocatoria las siguientes entidades:

Todas las entidades sin ánimo de lucro constituidas e inscritas legalmente a los registros correspondientes del Gobierno de las Islas Baleares que desarrollen su actividad deportiva en Formentera.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Se establecen las siguientes modalidades:

1.- El mantenimiento ordinario de los equipos de los clubes.
2.- La participación en ligas nacionales de ámbito estatal.
3.- La participación a la fase de ascenso de las ligas baleares.
4.-La realización de programas de mejora deportiva y la organización de acontecimientos deportivos de nivel insular.

No será necesario que la solicitud sea previa a la realización de la actividad para la cual se pide la ayuda.

Requisitos:

Sólo podrán obtener subvención las entidades que obtengan la puntuación mínima siguiente:

Para el apartado 1.1.1: 25 puntos.
Para el apartado 1.1.2: 25 puntos.
Para el apartado 1.1.3: 6 puntos.
Para el apartado 1.1.4: 50 puntos.

Documentos asociados

Boletín: 03/07/2008
BOIB Boletín Oficial de las Islas Baleares- Nº 93
Documento: Bases y Convocatoria 2008 Descargar Documento