Ayudas para el fomento del bienestar animal en la Comunidad Autonoma de Extremadura y se realiza la convocatoria para el ejercicio 2010.- Modificación.

Código de ayuda:

S47000/10

Norma:

DECRETO 164/2010, de 23 de julio. DECRETO 30/2011, de 18 de marzo.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 30/08/2010

Finalidad u objetivo de la ayuda:

La mejora del bienestar de los animales mediante la adopción por parte de los productores de compromisos más estrictos que los establecidos como requisitos obligatorios.

Categorías Subvención

  • Agricultura, Ganadería, Caza y Pesca

Localización del organismo gestor

Extremadura

Convoca:

Consejería de Agricultura y Desarrollo Rural (Extremadura)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

El importe máximo anual de las ayudas por solicitud será de 30.000 euros.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Autónomos
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Particulares / Personas físicas
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

Las personas físicas o jurídicas, titulares de explotaciones ganaderas inscritas en elRegistro de Explotaciones Ganaderas de la Consejería de Agricultura y Desarrollo Rural de la Junta de Extremadura, que se comprometan a mejorar en sus explotaciones las condiciones de bienestar animal impuestas por la normativa y a realizar las actuaciones objeto de ayuda por un periodo de cinco años consecutivos, salvo causa de fuerza mayor o circunstancias excepcionales, y que cumplan los requisitos.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Aquellas que contribuyan de una maneraclara a mejorar las condiciones de bienestar animal impuestas por la normativa actual mediante el cumplimiento de los compromisos asumidos por el beneficiario y referidos a:
a) Explotaciones avícolas dedicadas a la producción de huevos en sistema de cría en jaulas acondicionadas.
b) Explotaciones avícolas dedicadas a la producción de carne (broilers) en sistema de cría convencional.
c) Explotaciones porcinas con hembras reproductoras.

Requisitos:

— Que el solicitante cumpla la normativa sectorial en materia de sanidad animal y específicamente lo relativo al Real Decreto 360/2009, de 23 de marzo, por el que se establecen las bases del programa coordinado de lucha, control y erradicación de la enfermedad de Aujeszky, así como, los programas nacionales de vigilancia y control de Salmonella en gallinas ponedoras y pollos de carne. (Reglamento (CE) 2160/2003).

— Que el solicitante no haya sido sancionado con carácter firme por la comisión de una infracción en materia de bienestar animal en los dos últimos años.

— Que el solicitante no haya sido sancionado con carácter firme por la comisión de una infracción grave o muy grave en materia de la Ley 8/2003, de 24 de abril, de Sanidad Animal, en los dos últimos años.

Documentos asociados

Boletín: 29/07/2010
DOE Diario Oficial de Extremadura- Nº 145
Documento: Bases, Convocatoria 2010 y Anexos. Descargar Documento
Boletín: 24/03/2011
DOE Diario Oficial de Extremadura- Nº 58
Documento: Modificación Descargar Documento