Ayudas para el fomento de una economía verde y circular en las explotaciones agrarias en la Comunidad Autónoma de Extremadura.

Código de ayuda:

S03700/19

Norma:

DECRETO 207/2018, de 28 de diciembre. ORDEN de 25 de febrero de 2019.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 8 de abril de 2019.

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Aproximadamente 200.000

Finalidad u objetivo de la ayuda:

La presente orden tiene por objeto establecer la convocatoria de la línea de ayudas para el fomento de una economía verde y circular en las explotaciones agrarias en la Comunidad Autónoma de Extremadura, para el año 2019, previstas en el Decreto 207/2018, de 28 de diciembre, por el que se establecen las bases reguladoras y normas de aplicación del régimen de ayudas para el fomento de una economía verde y circular en las explotaciones agrarias en la Comunidad Autónoma de Extremadura.

Categorías Subvención

  • Agricultura, Ganadería, Caza y Pesca
  • Desarrollo Rural
  • Juventud

Localización del organismo gestor

Extremadura

Convoca:

Consejería de Medio Ambiente y Rural, Políticas Agrarias y Territorio (Extremadura)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

La inversión subvencionable máxima será de 200.000 euros por beneficiario.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Autónomos
  • Ganaderos y titulares de Explotaciones Ganaderas
  • Microempresas (menos de 10 empleados)

Detalle beneficiarios:

— Agricultores y agricultoras activas, titulares de explotaciones agrarias prioritarias definidas en los artículos 4 y 5 de la Ley 19/1995, de 4 de julio, de Modernización de Explotaciones Agrarias Prioritarias, que se comprometan a ejercer la actividad agraria durante un periodo mínimo de 5 años desde el momento de la certificación de realización de inversiones y cumplimiento de compromisos.

— Jóvenes agricultores y agricultoras beneficiarias de la Medida 1.1.2. del PDR 07-13 y la medida 6.1 del PDR 14-20.

— Jóvenes agricultores y agricultoras, titulares de una explotación, que se instalen por vez primera conforme a la definición del artículo 2 del Reglamento (UE) 1305/2013, en este caso deberán cumplir los requisitos exigidos en la Submedida 6.1 de este PDR.

Requisitos:

a) Ser titular de una explotación agraria calificada como prioritaria por el Registro de Explotaciones Agrarias de Extremadura, en el momento de la solicitud.

b) Comprometerse a ejercer la actividad agraria en la explotación objeto de ayuda y mantener las inversiones para las que se ha concedido ayuda durante al menos cinco años, contados desde la fecha de certificación de realización de inversiones, así como el cumplimiento de los compromisos suscritos.

c) Comprometerse a que la explotación cumpla las normas mínimas en materia de medio ambiente, higiene y bienestar de los animales, de conformidad con la normativa comunitaria, estatal y autonómica.

d) La explotación tiene que contar con una dimensión técnica y económicamente viable, alcanzando esta condición cuando su renta unitaria de trabajo (RUT) sea superior al 35 % de la renta de referencia.

El cálculo de la viabilidad técnica y económica de la explotación se realizará, por parte del órgano instructor mediante un estudio económico, en el cual se tendrá en cuenta además de las actividades productivas, los medios de producción y las inversiones previstas.

En referencia a la renta unitaria de trabajo se aplicarán los criterios establecidos en la Orden del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación de 13 de diciembre de 1995 por la que se desarrolla la disposición final sexta de la Ley 19/1995.

e) Encontrarse al corriente de las obligaciones con la Hacienda estatal y autonómica y la Seguridad Social.

f) No estar incurso en las prohibiciones para obtener la condición de beneficiario previstas en el artículo 12 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura.

Documentos asociados

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