Ayudas para el fomento de las actuaciones de las agrupaciones de defensa forestal (ADF).- Convocatoria 2015.

Código de ayuda:

S21564/15

Norma:

ORDEN AAM/105/2015, de 21 de abril.

Plazo de Solicitud:

Hasta el día 20 de mayo de 2015.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

El objeto de las ayudas que establece la Orden es el fomento de las actuaciones de las agrupaciones de defensa forestal (ADF).

Categorías Subvención

  • Asociacionismo y Voluntariado
  • Medio Ambiente y Energía

Localización del organismo gestor

Cataluña

Convoca:

Departamento de Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentación (Cataluña)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

a) Costes fijos: el importe de los conceptos subvencionables.

b) Costes variables de mantenimiento de material y adquisición de equipos individuales y material fungible: hasta un máximo que será la suma de los importes siguientes:

1.- Por cada tractor o brazo desbrozador de tractor: 700,00 euros/unidad, por cada vehículo 4x4: 600,00 euros/unidad, por cada camión (adquirido antes del 1 de enero de 2014) o remolque cisterna (conocido popularmente como cuba) de 1.000 litros o más: 400,00 euros/unidad, y por cada tractor oruga 2.000,00 euros/unidad, hasta un máximo de 9.000,00 euros.

2.- Por cada bulldozer, media caña, desbrozadoras de tractor, remolque autónomo de extinción con menos de 1.000 litros de capacidad o kit contra incendios colocados en vehículos de la ADF: 200,00 euros/unidad, hasta un máximo de 1.500,00 euros.

3.- Por cada motosierra, desbrozadora manual o motobomba: 100,00 euros/unidad hasta un máximo de 1.500,00 euros.

4.- Por cada emisora o carné amarillo: 10,00 euros/unidad hasta un máximo 1.500,00 euros.

Para calcular estos importes solo se tendrá en cuenta el material propio de la ADF, que cumpla las características para ser subvencionable descritas en el apartado 5.2 y que cumplan las características para ser valorados del apartado 9.1.b).

El importe máximo resultante otorgado para costes variables y adquisición de equipos individuales y material fungible puede ser utilizado en cualquiera de los conceptos subvencionables en el apartado 5.1.b 5.1.c, indistintamente.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Agrupaciones de interés económico / de empresas / de personas físicas y jurídicas
  • Asociaciones

Detalle beneficiarios:

Las agrupaciones de defensa forestal (ADF).

Requisitos:

a) La cuenta donde se debe ingresar el importe de la ayuda incluida en el impreso de solicitud debe pertenecer a la ADF beneficiaria de la ayuda.

b) Presentar declaración sobre si se han solicitado y/u obtenido otras ayudas públicas o privadas para la misma actividad, haciendo constar la relación detallada con la entidad concedente y la cantidad solicitada y/u obtenida.

c) Las ADF deben estar legalmente constituidas e inscritas en el registro de ADF de la Dirección General del Medio Natural y Biodiversidad del Departamento de Agricultura, Ganadería, Pesca, Alimentación y Medio Natural, y tener la Junta Directiva actualizada en dicho registro antes de finalizar el plazo para presentar la solicitud de ayuda.

d) Cumplimiento de la cuota de reserva para la integración social del personal discapacitado que establece la legislación vigente, si procede.

e) En el supuesto de que la empresa tenga una plantilla igual o superior a veinticinco personas, la empresa beneficiaria debe prever, conjuntamente con los agentes sociales, los medios oportunos para prevenir y detectar casos de acoso sexual y de acoso por razón de sexo e intervenir en sus centros de trabajo.

Documentos asociados

Boletín: 30/04/2015
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 6862
Documento: Bases y Convocatoria 2015. Descargar Documento