Ayudas para el fomento de la utilizacion de maquinaria en regimen asociativo en Galicia cofinanciadas con el Fondo Europeo Agricola de Desarrollo Rural (Feader) en el marco del PDR de Galicia 2007-2013.- Convocatoria 2015.

Código de ayuda:

S11364/15

Norma:

ORDEN de 4 de marzo de 2015. ORDEN de 19 de mayo de 2015.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 16/04/2015

Finalidad u objetivo de la ayuda:

a) Promover la utilización de maquinaria y equipamientos de carácter agropecuario en régimen asociativo.

b) Fomentar la introducción de nuevas tecnologías en el empleo de maquinaria y equipos.

c) Racionalizar los costes de mecanización, incrementar los mecanismos de seguridad en el trabajo, reducir las emisiones contaminantes y fomentar el ahorro energético, buscando de una mejora de la calidad de vida en el medio rural.

Categorías Subvención

  • Agricultura, Ganadería, Caza y Pesca
  • Cooperación empresarial
  • Desarrollo Rural
  • Inversiones Materiales y Equipos

Localización del organismo gestor

Galicia

Convoca:

Consellería del Medio Rural (Galicia)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

1. La cuantía máxima de ayuda no superará el 40 % de la inversión auxiliable, excepto si la entidad está en una zona desfavorecida o de montaña, definidas en el artículo 50 del Reglamento CEE 1698/2005, de 20 de septiembre de 2005 (DO L 277, de 21 de octubre), caso en el que la ayuda podrá alcanzar el 50 % de la inversión auxiliable.

2. Gastos en estudios técnico-económicos de viabilidad sobre las inversiones objeto de ayuda hasta un máximo de 500 € de subvención.

3. La inversión máxima elegible será de 500.000 €.

4. En aquellos casos en que una cooperativa solicitante proceda de la fusión de dos o más cooperativas realizada en los dos años anteriores a la fecha de solicitud, la inversión máxima elegible se incrementará hasta los 650.000 €.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Organizaciones y Cooperativas Agrarias

Detalle beneficiarios:

a) Las cooperativas agrarias que tengan como objeto social prioritario la adquisición y la utilización de maquinaria de carácter agropecuario en común, denominadas convencionalmente cooperativas de utilización de maquinaria agrícola (en adelante CUMA), las sociedades agrarias de transformación (en adelante SAT), que tengan como objeto social prioritario la utilización de maquinaria de carácter agropecuario en común, y las cooperativas agrarias con sección específica de maquinaria agrícola según el artículo 9 de la Ley 5/1998, de 18 de diciembre (DOG nº 251, de 30 de diciembre), de cooperativas de Galicia, así como otras agrupaciones con personalidad jurídica propia, y solamente para inversiones directamente relacionadas con su actividad: las comunidades de regantes, asociaciones de viticultores en terrenos con pendientes superiores al 15 % y asociaciones de alubia y castaña.

b) El resto de las cooperativas agrarias que adquieran maquinaria y equipos de carácter agropecuario para prestar servicios a sus socios.

c) Las cooperativas de explotación comunitaria de la tierra y las SAT procedentes de la fusión de, al menos, dos explotaciones, en los 5 años posteriores a su constitución.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Las inversiones subvencionables son las siguientes:

a) Maquinaria agrícola.

b) Estudios técnico-económicos de viabilidad.

Documentos asociados

Boletín: 16/03/2015
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 51
Documento: Bases, Convocatoria 2015 y Anexos Descargar Documento
Boletín: 20/05/2015
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 93
Documento: Ampliacion Presupuestaria Descargar Documento