Ayudas para el fomento de la utilización de maquinaria agrícola en régimen asociativo en Galicia, financiadas con el Instrumento de recuperación de la Unión Europea (EURI) en el marco del Programa de desarrollo rural (PDR) de Galicia 2014-2022, y se convocan para el año 2025.

Código de ayuda:

S25028/25

Norma:

ORDEN de 24 de julio de 2025.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 6 de septiembre de 2025.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Esta orden tiene por objeto establecer las bases reguladoras para la concesión de las ayudas, en régimen de concurrencia competitiva, para la utilización de maquinaria agrícola en régimen asociativo en el marco del PDR de Galicia 2014-2022, financiadas con el Instrumento de recuperación de la Unión Europea (EURI), con una participación del 100 % de fondos de la UE, dentro de la medida 4 Inversiones en activos físicos, submedida 4.18 Apoyo a las inversiones en las explotaciones agrícolas, así como convocarlas para el año 2025.

Esta ayuda tiene como finalidad:

a) Promover la utilización de maquinaria y equipamientos de carácter agropecuario en régimen asociativo.

b) Fomentar la introducción de nuevas tecnologías en el empleo de maquinaria y equipamientos.

c) Racionalizar los costes de mecanización, incrementar los mecanismos de seguridad en el trabajo, reducir las emisiones contaminantes y fomentar el ahorro energético, en la búsqueda de una mejora de la calidad de vida en el medio rural.

Categorías Subvención

  • Agricultura, Ganadería, Caza y Pesca
  • Desarrollo Rural
  • Inversiones Materiales y Equipos

Localización del organismo gestor

Galicia

Convoca:

Consellería del Medio Rural. (Galicia)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

El importe de la ayuda a conceder a cada beneficiario será del 35 % de los costes elegibles, pudiendo incrementarse hasta un máximo del 50 % en función de la aplicación de los siguientes criterios:

1. 5 % en caso de inversiones en zonas con limitaciones naturales u otras limitaciones específicas recogidas en el artículo 32 del Reglamento (UE) 1305/2013.

2. 10 % por inversiones colectivas cuando el beneficiario procede de una fusión.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Organizaciones y Cooperativas Agrarias

Detalle beneficiarios:

Podrán ser beneficiarias de estas ayudas:

1. Cooperativas agrarias.

2. Cooperativas de utilización de maquinaria en común (CUMA).

3. Cooperativas de explotación comunitaria de la tierra de 5 o menos años de antigüedad.

4. Las sociedades agrarias de transformación procedentes de fusión de por lo menos dos explotaciones agrarias, en los últimos 5 años naturales.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Serán subvencionables las siguientes inversiones:

a) Maquinaria agrícola.

b) Estudios técnico-económicos de viabilidad.

Documentos asociados

Boletín: 05/08/2025
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 148
Documento: B. Reguladoras y Convocatoria 2025 y Anexos Descargar Documento
Boletín: 05/08/2025
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 148
Documento: B. Reguladoras y Convocatoria 2025 (Extracto) Descargar Documento