Ayudas para el fomento de la utilización de maquinaria agrícola en régimen asociativo en Galicia, cofinanciadas con el Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (Feader) en el marco del PDR de Galicia 2014-2020.- Convocatoria 2017.

Código de ayuda:

S00982/17

Norma:

ORDEN de 26 de diciembre de 2016.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 2 de febrero de 2017.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Esta orden tiene por objeto establecer las bases reguladoras de las ayudas en régimen de concurrencia competitiva para el fomento de la utilización de maquinaria agrícola en régimen asociativo en Galicia, cofinanciadas con el Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (Feader) en el marco del PDR de Galicia 2014-2020, dentro de la medida 4 Inversiones en activos físicos, submedida 4.1 Apoyo a las inversiones en las explotaciones agrícolas (procedimiento MR351A), así como convocarlas para el año 2017.

Categorías Subvención

  • Agricultura, Ganadería, Caza y Pesca
  • Desarrollo Rural
  • Inversiones Materiales y Equipos

Localización del organismo gestor

Galicia

Convoca:

Consellería del Medio Rural (Galicia)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Para la concesión de las subvenciones convocadas se destinará un crédito de 2.975.000 euros.

El importe de la ayuda a conceder a cada beneficiario será del 40 % de los costes elegibles, pudiendo incrementarse hasta un máximo del 65 % en función de la aplicación de los siguientes criterios: 10 % en el caso de inversiones en zonas con limitaciones naturales u otras limitaciones específicas; inversiones colectivas (beneficiario fusionado en los últimos tres años); cuando el beneficiario procede de una fusión de cooperativas, el importe se incrementará en un 15 %; si el beneficiario procede de fusión de sociedades agrarias de transformación, el importe se incrementará en un 10 %.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Autónomos
  • Organizaciones y Cooperativas Agrarias

Detalle beneficiarios:

Podrán ser beneficiarias de estas ayudas las cooperativas agrarias, las cooperativas de utilización de maquinaria agrícola (CUMA), las cooperativas de explotación comunitaria de la tierra o las sociedades agrarias de transformación.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

a) Maquinaria agrícola.

b) Estudios técnico-económicos de viabilidad.

No se subvencionarán:

a) La mera reposición o adquisición de maquinaria de segunda mano o usada.

b) No se considerarán subvencionables el IVA y otros impuestos que sean recuperables.

c) Las inversiones en maquinaria o equipamientos relacionados con la transformación y comercialización de productos agrarios o forestales, ni las máquinas de pequeña significación a los efectos del conjunto de los socios de la agrupación.

d) La maquinaria y los equipos de carácter forestal.

Documentos asociados

Boletín: 02/01/2017
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 1
Documento: Bases, Convocatoria 2017 y Anexos Descargar Documento
Boletín: 02/01/2017
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 1
Documento: Convocatoria 2017 (Extracto) Descargar Documento