Ayudas para el fomento de la utilizacion de instalaciones y equipos en comun para la mejora de los procesos productivos en cooperativas agrarias y sociedades agrarias de transformacion, y se convocan para el ejercicio presupuestario de 2009.

Código de ayuda:

S51764/09

Norma:

Orden de 25 de junio de 2009.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 08/08/2009

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Establecer las bases reguladoras y la convocatoria, en régimen de concurrencia competitiva, de ayudas para el fomento de la utilización de
instalaciones y equipos en común para la mejora de los procesos productivos.

Categorías Subvención

  • Agricultura, Ganadería, Caza y Pesca

Localización del organismo gestor

Galicia

Convoca:

Consellería del Medio Rural. (Galicia)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

La intensidad de la ayuda, con carácter general, será del 40% de la inversión máxima subvencionable y del 50% en las zonas desfavorecidas recogidas en el artículo 36, letra a), apartados i) e ii) del Reglamento 1698/2005, del Consejo, de 20 de septiembre.

Para proyectos de construcción o acondicionamiento se fijarán límites máximos específicos del 3%, en el caso de los honorarios de proyecto, y del 2%, en la dirección y certificación final de obra, sobre el presupuesto
total del proyecto.

En el caso de los gastos vinculados a la ejecución de programas sanitarios específicos, recogidos en el apartado g) del punto 1 de este artículo la intensidad de la ayuda será del 80% de la inversión.

En el caso de contratación de trabajadores desfavorecidos o muy desfavorecidos la intensidad de ayuda será del 50% de los costes laborales, y del 75% en el caso de trabajadores discapacitados. El importe máximo subvencionable será el correspondiente al coste laboral bruto del personal laboral de la categoría III que para cada año estipula la Xunta de Galicia, a través de la orden anual por la que se dictan instrucciones sobre la confección de nóminas del personal al servicio de la Administración
autonómica.

En el caso de los costes adicionales de contratación de trabajadores discapacitados la intensidad de ayuda podrá conseguir el 100% de los costes subvencionables.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Autónomos
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Organizaciones Empresariales y Sindicales
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

Podrán acogerse cooperativas agrarias y sociedades agrarias de transformación.

Requisitos:

Consultar Artículo 6º.

Documentos asociados

Boletín: 08/07/2009
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 132
Documento: Convocatoria 2009, Bases y Anexos. Descargar Documento