Ayudas para el fomento de la investigacion, desarrollo e innovacion, en regimen de concurrencia competitiva - Bases Reguladoras y Convocatoria 2008.

Código de ayuda:

S44855/08

Norma:

Resolucion de 6 de junio de 2008. Orden 17/2008, de 5 de junio de 2008. Resolucion de 16 de septiembre de 2008. Resolución de 3 de diciembre de 2008. Orden 15/2009, de 12 de febrero de 2009.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 29/05/2009 tanto para la primera y segunda convocatoria del 2009.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Se aprueba la convocatoria de ayudas para el año 2008 de las bases reguladoras de concesión de subvenciones por la Agencia de Desarrollo Económico de La Rioja, destinadas al fomento de la investigación, desarrollo e innovación, en régimen de concurrencia competitiva, recogidas en Anexo a esta Resolución, para las siguientes actuaciones:

- Creación y desarrollo de empresas jóvenes e innovadoras (JEIs) y/o de base tecnológica (NEBTs).

Categorías Subvención

  • Asesorías, Auditorías y Consultorías Externas
  • I + D + i (Investigación+Desarrollo+Innovación)

Localización del organismo gestor

La Rioja

Convoca:

Consejería de Agricultura y Desarrollo Económico (La Rioja)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Autónomos
  • Ayuntamientos/Municipios
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Organismos / Entidades Públicas
  • Organizaciones Empresariales y Sindicales
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

a) Las empresas ubicadas en la Comunidad Autónoma de La Rioja.

b) Las organizaciones públicas, semipúblicas o privadas, que presten servicios a las empresas, así como las agrupaciones empresariales.

Requisitos:

1. Podrán acogerse a las subvenciones previstas en la presente convocatoria:
a) Las empresas ubicadas en la Comunidad Autónoma de La Rioja. Procede considerar empresa a toda entidad, independientemente de su forma jurídica (constituida con arreglo a Derecho público o privado) o su naturaleza económica (con o sin ánimo de lucro), que realiza una actividad económica.

b) Las organizaciones públicas, semipúblicas o privadas, que presten servicios a las empresas, así como las agrupaciones empresariales.

2. El beneficiario deberá disponer de centro de trabajo en la Comunidad Autónoma de La Rioja.

3. Se considerarán Organismos Intermedios:
a) Las organizaciones públicas, semipúblicas o privadas, sin ánimo de lucro, con personalidad jurídica propia, que de forma habitual presten servicios de apoyo de carácter empresarial a las empresas.

b) Las entidades con participación mayoritaria de capital público que presten de forma habitual servicios de carácter empresarial a las empresas, cuando promuevan proyectos que se ajusten a las medidas previstas en la presente convocatoria de ayudas y no persigan en dichos proyectos la obtención de beneficios. 4. Serán de aplicación los requisitos para ser beneficiario contemplados en los apartados 4 a 10 del artículo 5 de las Bases Reguladoras de aplicación.

5. Para poder ser beneficiario de la subvención y sin perjuicio de la documentación que deba presentarse junto con la solicitud de acuerdo con lo dispuesto en el apartado j) de la presente convocatoria, deberá obrar en poder de la Agencia de Desarrollo Económico de La Rioja la documentación a la que se hace referencia el artículo 8 de las Bases Reguladoras.

f) Indicación de los órganos competentes para la instrucción y resolución del procedimiento

1. La instrucción del procedimiento de concesión de subvenciones corresponderá a las Unidades de actuación de Gerencia.

El órgano competente para la instrucción realizará de oficio cuantas actuaciones estimenecesarias para la determinación, conocimiento y comprobación de los datos en virtud de los cuales debe formularse la propuesta de resolución. 2. La resolución de concesión o denegación será dictada por el Presidente de la Agencia de Desarrollo Económico de La Rioja.

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