Ayudas para el fomento de la forestación de tierras agrícolas en Extremadura - modificación.
Código de ayuda:
S24473/04Norma:
ORDEN de 24 de enero de 2008. Orden de 5 de octubre de 2004.Plazo de Solicitud:
De acuerdo con los plazos y modelos de solicitud de la correspondiente convocatoria anual relativa a la solicitud única.Finalidad u objetivo de la ayuda:
Los plazos y modelos de presentación de solicitud de prima por costes de mantenimiento y compensatorias de la Ayuda a la Forestación de tierras agrícolas aprobadas en virtud del Reglamento (CEE) 2080/1992 del Consejo, de 30 de junio de 1992, por el que se establece un régimen comunitario de ayudas a las medidas forestales en la agricultura y del Reglamento (CE) 1257/1999, del Consejo, de 17 de mayo de 1999, sobre la ayuda al desarrollo rural a cargo del Fondo Europeo de Orientación y de Garantía Agrícola (FEOGA) y por el que se modifican y derogan determinados Reglamentos se efectuarán de acuerdo con los plazos ymodelos de solicitud contemplados en la correspondiente convocatoria anual relativa a la solicitud única.
Categorías Subvención
Agricultura, Ganadería, Caza y Pesca
Localización del organismo gestor

Convoca:
Consejería de Agricultura y Desarrollo Rural (Extremadura)Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Autónomos
- Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
- Microempresas (menos de 10 empleados)
- Particulares / Personas físicas
- Pymes (menos de 250 empleados)
Detalle beneficiarios:
Los agricultores, personas físicas o jurídicas, que sean titulares de derechos reales de propiedad, posesión o usufructo sobre las tierras agrícolas susceptibles de forestación, que tengan su domicilio fiscal y social en la Comunidad Autónoma de Extremadura, y que deberán figurar, en el momento de la solicitud, como titulares de las parcelas objeto de ayudas en el Registro de Explotaciones Agrarias de la Consejería de Agricultura y Medio Ambiente de la Junta de Extremadura.En el caso de que la solicitud la formule persona distinta del propietario, éste dará conformidad expresa al solicitante para la realización de los trabajos.
En el caso de existir varios propietarios, cada uno de ellos dará conformidad expresa al solicitante para la realización de los trabajos.
¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
Las actuaciones que se indican expresamente a continuación:1. Ayudas al establecimiento:
a) Costes de plantación.
b) Costes de obras complementarias a la plantación.
2. Ayudas por costes de mantenimiento.
3. Prima compensatoria.
Se consideran terrenos susceptibles de ayuda aquellos que a la fecha de la solicitud, no estén catastrados como forestales y hayan tenido aprovechamiento agrícola o ganadero de forma regular durante 10 años anteriores.
Dichas superficies deberán estar comprendidas, en alguno de los apartados siguientes:
a) Tierras ocupadas por cultivos leñosos: aquéllas que ocupan el terreno con carácter permanente y no necesitan ser replantadas después de cada cosecha. Incluyen todos los árboles frutales, entre otros el olivo, la vid, y los cítricos.
b) Tierras ocupadas por cultivos herbáceos: aquéllas ocupadas por cultivos temporales.
c) Prados naturales: terrenos cuya cubierta herbácea es permanente y cuyo aprovechamiento no finaliza al recolectarse o ver aprovechado por el ganado, sino que continúa un periodo indefinido de años.
Requieren humedad y admiten la posibilidad de un aprovechamiento por siega.
d) Pastizal: se diferencia de los prados naturales en que se dan en climas más secos, no siendo susceptibles normalmente de aprovechamiento por siega, sino a diente; incluye las dehesas pastadas con baja densidad de arbolado (máximo 10 árboles por hectárea o 20 matas por hectárea).
e) Barbechos: tierras de cultivo en descanso, aunque puedan aprovecharse para pastos.
Documentos asociados
Boletín:
16/10/2004
DOE Diario Oficial de Extremadura- Nº 120
Documento: Convocatoria Descargar Documento
DOE Diario Oficial de Extremadura- Nº 120
Documento: Convocatoria Descargar Documento
Boletín:
29/01/2008
DOE Diario Oficial de Extremadura- Nº 19
Documento: Nuevos plazos de presentación de solicitud Descargar Documento
DOE Diario Oficial de Extremadura- Nº 19
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