Ayudas para el fomento de la cultura emprendedora entre el alumnado de formación profesional, en elcurso académico 2018-2019.

Código de ayuda:

S53864/18

Norma:

ORDEN de 16 de octubre de 2018.

Plazo de Solicitud:

El centro docente tramitará en plazo las solicitudes.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

La presente Orden tiene por objeto convocar ayudas para el fomento de la cultura emprendedora entre el alumnado que esté cursando 2.º de un ciclo formativo de Grado Medio o de Grado Superior de Formación Profesional durante el curso 2018-2019 y que desarrollen un proyecto de simulación empresarial en el aula, en centros públicos o privados concertados.

Categorías Subvención

  • Creación nuevas empresas
  • Educación y Ciencia
  • Formación

Localización del organismo gestor

País Vasco

Convoca:

Departamento de Educación (País Vasco)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

1.– La cuantía máxima que podrá asignarse por proyecto ascenderá a 2.000 euros.

2.– La distribución de las ayudas según el ciclo formativo que curse el alumno o alumna sea de Grado Medio o de Grado Superior se realizará de acuerdo a la siguiente proporción:

– 55% de las ayudas serán para el alumnado de ciclos formativos de Grado Medio.

– 45% de las ayudas, para el alumnado de ciclos formativos de Grado Superior.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Particulares / Personas físicas

Detalle beneficiarios:

Podrá acogerse a esta convocatoria el alumnado que en el curso académico 2018-2019 curse 2.º curso de un ciclo formativo de Formación de Grado Medio o de Grado Superior en un centro autorizado a impartir ciclos de Formación Profesional, público o concertado, del País Vasco.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

1.– La actividad subvencionable es el desarrollo de un proyecto de simulación empresarial que cumpla las siguientes condiciones:

a) El proyecto de simulación empresarial puede ser desarrollado individualmente por un único alumno o alumna o por varios alumnos o alumnas en colaboración.

b) En el caso de que sea un proyecto en colaboración, se identificarán los alumnos y alumnas que integran la colaboración y se señalará a uno o una de ellas como representante a efectos de la presente convocatoria. En cualquier momento, podrá modificarse la representación e incluso la relación de alumnos y alumnas que integran la colaboración siempre que los nuevos cumplan los requisitos para ser beneficiarios de las subvenciones convocadas.

c) La subvención será única para cada proyecto con independencia de que se desarrolle individualmente o en colaboración.

d) El proyecto de simulación empresarial se desarrollará en colaboración con el centro, en condiciones de objetividad, transparencia e igualdad de oportunidades.

2.– Se considerarán gastos subvencionables exclusivamente los gastos derivados de la compra de materiales o software específicos para el desarrollo del proyecto de simulación empresarial, realizados hasta el 31 de diciembre de 2018. En todo caso, dichos gastos deberán cumplir con lo establecido en el artículo 31 de la Ley 30/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

Documentos asociados

Boletín: 22/10/2018
BOPV Boletín Oficial del País Vasco- Nº 203
Documento: Bases, Convocatoria 2018 y Anexos Descargar Documento
Boletín: 26/10/2018
BOPV Boletín Oficial del País Vasco- Nº 207
Documento: Corrección errores convocatoria Descargar Documento