Ayudas para el fomento de la cooperación empresarial y la organización y gestión de mercados y ferias de carácter local, Convocatoria 2008.

Código de ayuda:

S27764/08

Norma:

Resolución de 6 de junio de 2008. Orden de 8 de abril de 2008. Resolución de 21 de octubre de 2008.

Plazo de Solicitud:

Dos plazos: Acciones entre el 16/11/07 y el 30/06/08, hasta el 22/07/08. Acciones a partir del 01/07/08, hasta el 30/10/08.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

La Orden de la Consejera de Comercio, Industria y Energía de 8 de abril de 2008 (BOIB número 52, de 17 de abril de 2008) por la cual se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en materia de comercio y servicios, fija las bases para hacer la convocatoria de ayudas presente, todo esto
de acuerdo con el texto refundido de la Ley de subvenciones, aprobado por el Decreto legislativo 2/2005, de 28 de diciembre.

Esta Resolución aprueba la convocatoria pública de ayudas del ejercicio de 2008 para los siguientes programas:

a) Fomento de la cooperación empresarial en el sector del comercio y los servicios.
b) Organización y gestión de mercados y ferias de carácter local.

Categorías Subvención

  • Asistencia a Ferias, Congresos y Material Promocional
  • Calidad
  • Comercio
  • Cooperación empresarial

Localización del organismo gestor

Islas Baleares

Convoca:

Consejería de Comercio, Industria y Energía (Islas Baleares)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

El importe de la subvención puede consistir en la financiación de un porcentaje del coste de la actividad subvencionada o en una cuantía fija, según se establezca en la convocatoria, teniendo siempre en cuenta las características peculiares de la actividad subvencionada y el interés público objeto de fomento en cada caso.

En cualquier caso, el importe de la subvención concedida no puede ser de una cuantía que, de manera aislada o en concurrencia con otras subvenciones o ayudas, supere el coste de la actividad objeto de subvención.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Ayuntamientos/Municipios
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones
  • Organismos / Entidades Públicas

Detalle beneficiarios:

Para el fomento de la cooperación empresarial: las entidades sin ánimo de lucro que a continuación se mencionan:

a) Las fundaciones constituidas por asociaciones de comerciantes, las asociaciones empresariales de comerciantes que desarrollen su actividad en el marco de una federación o asociación intersectorial de ámbito igual o superior a la demarcación territorial de una isla o, si procede, estas federaciones o asociaciones intersectoriales.
b) Las asociaciones empresariales vinculadas a los sectores de actividad incluidos en los epígrafes 971, 972, 973 y 975 del impuesto sobre actividades económicas (IAE), regulado por el Real decreto legislativo 1175/1990, de 28 de septiembre, que desarrollen su actividad en el marco de una federación o asociación
intersectorial de ámbito igual o superior a la demarcación territorial de una isla o, si procede, estas federaciones o asociaciones intersectoriales.

Para la organización y gestión de mercados y ferias de carácter local: las corporaciones locales.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

1.- Para el fomento de la cooperación empresarial en el sector del comercio y los servicios se pueden financiar las siguientes acciones:

a) Jornadas técnicas o seminarios que aborden aspectos fundamentales o que profundicen en temas monográficos, mediante reuniones en qué uno o varios ponentes, sucesivamente, desarrollen ante un auditorio diversos temas sobre una o diferentes materias.
Subvención del 75 % del coste de la acción, con un máximo de 6.000,00 euros.
b) Congresos que se hagan en el territorio de las Islas Baleares, en los cuales personas y estamentos privados y públicos puedan presentar y debatir temas sobre un o varios aspectos relacionados con el sector.
Subvención del 75 % del coste de la acción, con un máximo de 12.000,00 euros.
c) Acciones de promoción que tengan como objetivo la promoción y o/la animación comercial tanto desde un punto de vista zonal como sectorial.
Subvención del 75 % del coste de la acción, con un máximo de 120.000,00 euros por proyecto cuando este se realice mediante una fundación, federación o asociación de ámbito territorial igual o superior a una isla.
Subvención del 50 % del coste de la acción, con un máximo de 20.000,00 euros por proyecto presentado, cuando la acción se realice en el ámbito territorial de un municipio.
Subvención del 40 % del coste de la acción, con un máximo de 14.000,00 euros por proyecto presentado, cuando la acción se realice en un ámbito territorial inferior a un municipio.
d) Mantenimiento de las gerencias de las entidades que tengan la condición de organizaciones empresariales representativas en la negociación del convenio colectivo del sector, que desarrollen su actividad en el marco de una asociación o federación de ámbito igual o superior al de la demarcación territorial de una isla y que tengan carácter intersectorial.
Subvención del 95 % del coste de la acción, con un máximo de 30.000,00 euros.

2.- Para la organización y gestión de mercados y ferias de carácter local se pueden subvencionar las actuaciones siguientes:

a) Organización y gestión de mercados permanentes de carácter tradicional (máximo, uno por año).
Subvención de un 50 % del coste de la inversión aceptada, con un máximo de 24.000,00 euros. La subvención se debe ampliar al 65 % y a 28.000,00 euros, como máximo, para los ayuntamientos que justifiquen que, como mínimo, el 50 % de lugares del mercado están ocupados por empresas artesanas o
artesanos con la Carta de Artesano o la Carta de Maestro Artesano y con una ubicación singular en el mercado.
b) Organización y gestión de ferias de carácter temporal (máximo, dos por año).
Subvención del 50 % de la inversión aceptada, con un máximo de 12.000,00 euros. La subvención se debe incrementar hasta el 75 % y a 18.000,00 euros, como máximo, para los ayuntamientos que justifiquen que son ferias exclusivamente artesanales.

Documentos asociados

Boletín: 17/04/2008
BOIB Boletín Oficial de las Islas Baleares- Nº 52
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
Boletín: 14/06/2008
BOIB Boletín Oficial de las Islas Baleares- Nº 83
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