Ayudas para el fomento de la contratación de tecnólogos para la realización de actividades de I+D+i en las empresas y organismos de investigación en Galicia (Programa Principia).

Código de ayuda:

S03791/19

Norma:

RESOLUCIÓN de 17 de diciembre de 2018.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 11 de abril de 2019.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Esta resolución tiene por objeto aprobar las bases por las que se regirá la concesión de las ayudas del Programa Principia de la Agencia Gallega de Innovación dirigidas a las empresas y organismos de investigación en Galicia, destinadas al fomento de la contratación durante un período mínimo de un año de personal para la realización de actividades de I+D+i alineadas con las prioridades establecidas en la RIS3 para Galicia, a fin de favorecer su carrera profesional, así como estimular la demanda en el sector público y privado de personal suficientemente preparado para acometer proyectos de I+D+i.

Categorías Subvención

  • Educación y Ciencia
  • Empleo
  • I + D + i (Investigación+Desarrollo+Innovación)
  • Recursos Humanos

Localización del organismo gestor

Galicia

Convoca:

Agencia Gallega de Innovación (Galicia)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Empresas (más de 250 empleados)
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones
  • Investigadores / Centros tecnológicos / Centros de I+D
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Organismos / Entidades Públicas
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles
  • Universidades Públicas y Privadas / Centros de Enseñanza

Detalle beneficiarios:

a) Las empresas, de cualquier tamaño, con domicilio social o centro de trabajo en Galicia.

b) Los organismos de investigación públicos o privados gallegos o con centro de trabajo en Galicia, toda vez que quedan obligados a destinar la ayuda recibida a usos relacionados con actividades no económicas y relativas a actuaciones de I+D+i.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Serán subvencionables al amparo de esta convocatoria las contrataciones de tecnólogos para la realización de actividades de I+D+i, que se formalicen desde el día 1 de enero de 2018 hasta el 1 de diciembre de 2018, ambas inclusive, con las siguientes características:

a) Las actividades de I+D+i que realicen los tecnólogos contratados deberán desarrollarse en centros de trabajo de la Comunidad Autónoma de Galicia y estar alineadas con los retos y las prioridades estratégicas establecidas en la RIS3 para Galicia (anexo III).

b) El contrato de trabajo que se formalice podrá ser indefinido o de duración determinada mínima de 12 meses. Además, deberá respetar el grupo de cotización correspondiente a la titulación de la persona contratada, según la tabla del punto 2 de este artículo.

c) La retribución salarial anual bruta a percibir por cada tecnólogo contratado deberá figurar expresamente en el contrato y no podrá ser inferior a 19.000 euros.

d) El personal contratado deberá cumplir, en el momento de formalizar el contrato, las siguientes requisitos:

1º. Tener una edad comprendida entre los 18 y los 35 años.

2º. Estar en posesión de una de las siguientes titulaciones:

– Título universitario medio o superior (titulación de grado): licenciado, ingeniero, arquitecto, graduado, diplomado, ingeniero técnico o arquitecto técnico.

– Título de formación profesional de grado superior o equivalente.

En el caso de estar en posesión de un título obtenido en un país extranjero, dicta titulación deberá ser equiparable en capacitación a alguna de las anteriores.

3º. No tener experiencia laboral superior a 36 meses en el grupo de cotización a la Seguridad Social correspondiente a su titulación. Para el cómputo de esta experiencia no se tendrán en cuenta las prácticas que formen parte de los currículos para la obtención de las titulaciones correspondientes, las prácticas no laborales o las becas.

4º. No haber sido contratado en los 6 meses anteriores por la entidad solicitante en el grupo de cotización a la Seguridad Social correspondiente a su titulación.

5º. No haber sido subvencionada su contratación a la entidad solicitante al amparo de las resoluciones de 2 de junio de 2016, de 8 de junio de 2017 y de 24 de abril de 2018, por las que se convocó el Programa Principia para los años 2016, 2017 y 2018.

Documentos asociados

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