Ayudas para el fomento de la contratación de los Seguros Agrarios en Galicia para el año 2005.

Código de ayuda:

S28373/04

Norma:

Orden de 16 de diciembre de 2004.

Plazo de Solicitud:

Consultar según líneas de seguro.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Ayudas para el fomento de la contratación de los seguros agrarios incluidos en el plan de seguros agrarios combinados para el ejercicio 2005, al amparo de lo previsto en el Decreto 332/1995, de 27 de diciembre, por el que se establecen en la Comunidad Autónoma gallega ayudas para el fomento de la contratación de los seguros agrarios.

Categorías Subvención

  • Agricultura, Ganadería, Caza y Pesca
  • Financiación Preferente / Préstamos

Localización del organismo gestor

Convoca:

Sin especificar ()

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Autónomos
  • Particulares / Personas físicas

Detalle beneficiarios:

Los asegurados titulares de explotaciones agrarias situadas en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Galicia, siempre y cuando suscriban pólizas de seguros de líneas agrícolas a partir del plan anual de seguros agrarios combinados de 2005, o pólizas de líneas ganaderas a partir del plan anual de seguros agrarios combinados de 2004 y 2005, y cumplan lo establecido en el Decreto 332/1995 y en la presente orden.

La suscripción del seguro se realizará exclusivamente a través de las entidades aseguradoras autorizadas por el Ministerio de Economía y Hacienda e incluidas en la Agrupación Española de Entidades Aseguradoras de los Seguros Agrarios Combinados, S.A. (Agroseguro), o a través de los agentes de seguros autorizados de conformidad con lo previsto en la Ley 87/1978, de 28 de diciembre, de seguros agrarios combinados, y demás normativa de desarrollo.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Las líneas de contratación de los grupos establecidos en el anexo I de la presente orden del siguiente modo:

A. Un porcentaje sobre la ayuda a la contratación que le corresponde de Enesa, que será:
a) Del 18% para todas las líneas de contratación de los grupos I, II, III, IV y V, reflejados en el anexo I, excepto en los casos de los apartados b) y c) siguientes.
b) Del 55% para las líneas de uva de vinificación, frutales (manzana de mesa, pera, melocotón, albaricoque y ciruela), cereza y kiwi, en cualquiera de sus modalidades de contratación.
c) Del 22% para las líneas de seguro de explotación de ganado vacuno reproductor y recría y seguro de explotación de cebo.

B. Un porcentaje del 32% sobre el coste neto del seguro, para las líneas del seguro del grupo VI de cobertura de gastos derivados de la destrucción de animales bovinos muertos en las explotaciones y gastos derivados de la destrucción de animales no bovinos muertos en las explotaciones.

Documentos asociados

Boletín: 22/12/2004
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 247
Documento: Convocatoria 2005 y Anexo Descargar Documento