Ayudas para el fomento de la acuicultura en la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha - Convocatoria 2011.- Modificación.

Código de ayuda:

S76819/09

Norma:

Orden de 15/12/2009. Resolucion de 15/12/2009. Resolución de 22/06/2011. Orden de 28/11/2012.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 07/07/2011

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Establecer la convocatoria para el año 2011 para la concesión, en régimen de
concurrencia competitiva, de ayudas a los titulares de explotaciones acuícolas ubicadas en Castilla-La Mancha y cuyo domicilio fiscal se encuentre en Castilla-La Mancha, sobre las que recaiga la carga financiera de las actuaciones o inversiones subvencionables contempladas en la Orden de 15/12/2009 de la Consejería de Agricultura y Desarrollo Rural.

Categorías Subvención

  • Agricultura, Ganadería, Caza y Pesca

Localización del organismo gestor

Castilla-La Mancha

Convoca:

Consejeria de Agricultura y Medio Ambiente. (Castilla-La Mancha)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Autónomos
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Particulares / Personas físicas
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

Las personas físicas o jurídicas, que sean titulares de explotaciones acuícolas, inscritas en el Registro de instalaciones de acuicultura autorizadas en Castilla-La Mancha, y cuya ubicación y domicilio fiscal se encuentre en Castilla- La Mancha.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

a) Modernización de instalaciones existentes.

b) Reducción y gestión de los residuos, unida a una eficiente utilización de los recursos.

c) Equipamiento de instalaciones de acuicultura.

d) Inversiones destinadas a promover las formas de explotación que incluyan la protección y mejora del medio ambiente, de los recursos naturales y de la diversidad genética.

e) Promoción de la acuicultura ecológica.

f) Adhesión al sistema comunitario de gestión y auditoria medioambiental(Emas).

Requisitos:

- Los beneficiarios deberán acreditar que se encuentran al corriente de las obligaciones por reintegro de subvenciones, tributarias y con la seguridad social según lo regulado en el Decreto 21/2008, de 5 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo del Texto Refundido de la Ley de Hacienda de Castilla-La Mancha en materia de subvenciones, aprobado por Decreto Legislativo 1/2002, de 19 de noviembre.

- No podrán obtener la condición de beneficiario de las ayudas reguladas en esta Orden las personas jurídicas en quienes concurra alguna de las circunstancias recogidas en el artículo 13.2 y 13.3 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones o estén incursos en los casos que se establecen en el artículo 74.2 del Decreto Legislativo 1/2002, de 19 de noviembre por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Hacienda de Castilla-La Mancha, tras su modificación operada por la Ley 9/2006, de 21 de diciembre, ni aquellas en las que la persona que ostente su representación se halle incursa en los supuestos de incompatibilidad regulados en la Ley 11/2003, de 25 de septiembre, del Gobierno y del Consejo Consultivo de Castilla-La Mancha.

- Asimismo, en caso de que les sea exigible, deberán disponer de un plan de prevención de riesgos laborales y que no han sido sancionados, en virtud de resolución administrativa o sentencia judicial firme, por falta grave o muy grave en materia de prevención de riesgos laborales, durante el año inmediatamente anterior a la fecha de solicitud de la subvención, en el caso de estar sujetos a la normativa de prevención de riesgos laborales.

Documentos asociados

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