Ayudas para el fomento de la actividad ferial y promocion comercial para el año 2011.- Modificación.

Código de ayuda:

S57191/10

Norma:

Resolución de 05/10/2010. Resolución de 05/10/2010. Orden de 25/10/2010.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 15/01/2011

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Continuar impulsando esta línea de apoyo al sector ferial, para conseguir una mayor profesionalización en la organización de estos proyectos y asegurar un desarrollo armónico y coordinado de los mismos, como factor determinante para la promoción y desarrollo del sector económico al que va dirigido, reconociendo el importante papel que desarrollan las entidades feriales en la organización y desarrollo de este tipo de actividades económicas.

Categorías Subvención

  • Actividades culturales, lingüísticas y Deporte
  • Asociacionismo y Voluntariado
  • Corporaciones Locales

Localización del organismo gestor

Castilla-La Mancha

Convoca:

Vicepresidencia y Consejería de Economía y Hacienda (Castilla-La Mancha)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

El porcentaje de la subvención no podrá exceder del 50% del coste subvencionable, con un máximo de 120.00 euros de subvención por proyecto.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Ayuntamientos/Municipios
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones
  • Organismos / Entidades Públicas

Detalle beneficiarios:

a) Las entidades locales, radicadas en el territorio de Castilla la Mancha, que cumplan los requisitos.

b) Las Instituciones feriales, asociaciones, fundaciones y entidades sin ánimo de lucro que, estando legalmente constituídas e inscritas en el registro correspondiente, tengan su domicilio social en el territorio de la Comunidad Autómoma de Castilla la Mancha, y tengan como finalidad principal, y así conste en sus estatutos, escritura de constitución o acta de constitución, el desarrollo de actividades o actuaciones que supongan o impliquen el fomento, la promoción y el desarrollo de la actividad comercial de castilla la Mancha.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Los gastos de irganización de la actividad ferial correspondiente al montaje , seguridad, alquiler de instalaciones o equipamientos, decoración, publicidad en medios de comunicación, y promoción dirigida a la captación de profesionales y empresas expositoras, así como también los gastos derivados de la contratación del personal específico para el desarrollo de la feria, con exclusión de los correspondientes al personal propio de la entidad solicitante, la cuota patronal de fundaciones de carácter ferial en donde la Vicepresidencia y Consejería de Economía y Hacienda esté presente como patrono y los gastos de actividades tendentes a fomentar el comercio de la región.

Documentos asociados

Boletín: 12/02/2009
DOCM Diario Oficial de Castilla-La Mancha- Nº 29
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
Boletín: 15/10/2010
DOCM Diario Oficial de Castilla-La Mancha- Nº 200
Documento: Convocatoria 2010 y Anexos. Descargar Documento
Boletín: 05/11/2010
DOCM Diario Oficial de Castilla-La Mancha- Nº 214
Documento: Modificación Descargar Documento