Ayudas para el fomento de intercambios escolares y encuentros bilaterales o multilaterales de alumnos no universitarios con otras regiones de Europa para el curso 2006/2007 y se aprueban las bases reguladoras para su concesión.

Código de ayuda:

S33019/06

Norma:

ORDEN de 29 de agosto de 2006.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 30/09/2006

Finalidad u objetivo de la ayuda:

La presente Orden tiene por objeto la convocatoria de ayudas para el fomento de intercambios escolares y encuentros bilaterales o multilaterales de alumnos no universitarios con otras regiones de Europa para el curso 2006/2007 y la aprobación de las bases reguladoras para su concesión.

El programa pretende propiciar, no sólo la utilización de lenguas extranjeras, sino también el acercamiento y conocimiento mutuo a través del desarrollo de las actividades incluidas en un proyecto educativo y puestas en práctica de forma conjunta durante los días de estancia y convivencia en los respectivos lugares de residencia.

Categorías Subvención

  • Actividades culturales, lingüísticas y Deporte
  • Educación y Ciencia
  • Formación

Localización del organismo gestor

Aragón

Convoca:

Departamento de Educación, Cultura y Deporte (Aragón)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Las ayudas a cada centro se determinarán teniendo en cuenta: el número de alumnos/as, país de destino, distancia entre origen y destino y medio de transporte utilizado, previa ponderación efectuada por el órgano instructor.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

Los centros docentes de Aragón que impartan enseñanzas de Educación Primaria, Educación Secundaria así como de Ciclos Formativos y Bachillerato, que deseen realizar Intercambios o Encuentros bilaterales o multilaterales con centros docentes de otras regiones de Europa.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Todos los gastos ocasionados como consecuencia de la estancia de los alumnos aragoneses en el
extranjero. Deberá incluirse obligatoriamente el gasto originado por la contratación de un seguro de accidentes y responsabilidad civil durante el tiempo que dure la estancia en el extranjero.
Entre los gastos subvencionables no podrá incluirse, en ningún caso, los correspondientes al pago de salarios o gratificaciones derivadas del trabajo personal de los participantes u organizadores, ni los que correspondan a gastos derivados de la estancia de los alumnos del centro extranjero en España.

Requisitos:

Los beneficiarios deberán tener la firme intención de realizar un intercambio escolar o encuentro bilateral o multilateral que, para ser susceptible de percibir ayuda deberá reunir los siguientes requisitos:

a) El Intercambio y Encuentro bilateral o multilateral deberá basarse en un proyecto educativo desarrollado conjuntamente con el centro docente extranjero, en el que se hará referencia a los aspectos culturales propios de nuestra Comunidad Autónoma y de la Región Europea en que se ubique el centro receptor.
b) La duración de la actividad en el extranjero de los alumnos aragoneses estará comprendida entre 5 y 15 días incluidos los desplazamientos. Durante este tiempo de estancia en el extranjero, los alumnos deberán residir, salvo circunstancias excepcionales que deberán ser justificadas y avaladas por el Servicio Provincial de Educación, Cultura y Deporte del que dependa el centro, en los domicilios de los alumnos receptores.
c) El número de participantes oscilará entre un mínimo de 10 y un máximo de 60 alumnos, siendo la ratio máxima de un profesor acompañante por cada 20 alumnos. A fin de optimizar los recursos, se admitirán las experiencias en las que participen grupos de diferentes centros que realicen la actividad conjuntamente.
d) La realización del Intercambio que comprende tanto la estancia de los alumnos aragoneses en el extranjero, como la de los alumnos extranjeros en Aragón, deberá estar comprendida entre el 1 de septiembre de 2006 y el 30 de junio de 2007.
e) Será requisito indispensable que el centro suscriba el oportuno seguro de accidentes y responsabilidad civil.

Documentos asociados

Boletín: 11/09/2006
BOR Boletín Oficial de Aragón- Nº 105
Documento: Bases, Convocatoria y Anexos Descargar Documento