Ayudas para el fomento de actividades ganaderas alternativas y para actividades de avicultura alternativa, Convocatoria 2008.

Código de ayuda:

S05646/08

Norma:

ORDEN AYG/448/2008, de 29 de febrero. ORDEN AYG/94/2008, de 18 de enero.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 15/04/2008

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Por la presente Orden se convocan ayudas destinadas al fomento de actividades ganaderas alternativas y para actividades de avicultura alternativa.

Las bases reguladoras de la concesión de estas ayudas han sido establecidas en la Orden AYG/94/2008, de 18 de enero («B.O.C. y L.» n.º 17, de 25 de enero).

Categorías Subvención

  • Agricultura, Ganadería, Caza y Pesca

Localización del organismo gestor

Castilla y León

Convoca:

Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Rural (Castilla y León)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

La ayuda podrá alcanzar los porcentajes del coste de la inversión y las cuantías que figuran en los apartados siguientes:

Porcentaje y cuantías máximas de subvención sobre la inversión realizada:

a) Para los Agricultores a Título Principal o jóvenes que se incorporan a la actividad, Cooperativas Agrarias, Sociedades Agrarias de Transformación y otras sociedades en las que al menos el 50% de sus miembros sean Agricultores a Título Principal:
– Hasta el 40% para bienes inmuebles.
– Hasta el 25% para otras inversiones.
b) Para el resto de solicitantes:
– Hasta el 35% para bienes inmuebles.
– Hasta el 25% para otras inversiones.

Cuantía máxima de subvención por explotación:

a) Para las explotaciones cunícolas y otras sociedades en las que la menos el 50% de sus miembros sean Agricultor a Título Principal y cuenten al menos con cuatro socios:
– Trece mil euros (13.000 €) para las Cooperativas Agrarias, y las Sociedades Agrarias de Transformación, con al menos 1.000 hembras reproductoras inscritas en el REGA, el 1 de enero del año 2008.
– Seis mil quinientos euros (6.500 €) para el resto de los solicitantes.
b) Para las explotaciones cinegéticas y peleteras:
– Veintisiete mil euros (27.000 €).
c) Para explotaciones avícolas alternativas:
– Treinta y cinco mil euros (35.000 €).

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Autónomos
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Pymes (menos de 250 empleados)

Detalle beneficiarios:

Podrán acceder a las ayudas los titulares de explotaciones ganaderas situadas en Castilla y León que ejerzan alguna de las actividades contempladas en la presente Orden, así como aquellas otras personas físicas o jurídicas que deseen iniciar cualquiera de estas actividades y cumplan los requisitos y compromisos establecidos en la presente Orden y en la correspondiente Orden de convocatoria.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Las actividades subvencionables son las siguientes:

a) En explotaciones cunícolas:
– Instalaciones para manejo de animales.
b) En explotaciones cinegéticas (perdiz roja, codorniz, colines, faisanes, conejo de monte, liebre, corzo, gamo, ciervo, jabalí…) y explotaciones peleteras:
– La instalación de nuevas explotaciones, incluyendo la adaptación de naves procedentes de otras actividades.
– La ampliación de instalaciones ya existentes.
– La adquisición de bienes de equipo y maquinaria auxiliar.
c) En explotaciones avícolas alternativas (gallinas camperas, patos, pavos, gansos, ocas, pollos de corral y palomas):
– La instalación de nuevas explotaciones, incluidas obras de adaptación de otras preexistentes a la nueva actividad.
– La ampliación de instalaciones ya existentes.
d) Cualquier otra actividad ganadera que suponga la incorporación de nuevas tecnologías en las explotaciones descritas en las letras a), b) y c) anteriores, o bien la explotación de otras especies no
tradicionales.

Requisitos:

Para acceder a las ayudas establecidas en la presente Orden los solicitantes deberán cumplir, a fecha de publicación de la misma, los siguientes requisitos:

1.– En explotaciones cunícolas:
– Tener inscritas en el REGA a fecha de 1 de enero del año 2008, al menos 150 hembras reproductoras.

2.– En explotaciones cinegéticas y peleteras:
– Estar inscritas en el REGA, en el caso de que la inversión solicitada sea para ampliación o mejora de explotaciones ya existentes.
– Compromiso de inscripción en el REGA, cuando se trate de una primera instalación.
– Que los censos mínimos de las explotaciones, una vez justificada la inversión subvencionable, sea:
• 200 parejas de perdices con fase de incubación, cría y recría o 2.000 plazas si se trata de voladeros.
• 300 parejas de codornices y colines con fase de incubación, cría y recría o 3.000 plazas si se trata de voladeros.
• 200 plazas para faisanes.
• 200 plazas para animales de peletería.

3.– En explotaciones avícolas alternativas:
– Estar inscritas en el REGA, en el caso de que la subvención solicitada, sea para ampliación o mejora de explotaciones ya existentes.
– Compromiso de inscripción en el REGA, antes de la certificación de ayuda, cuando se trate de una primera instalación.
– Que los censos mínimos de las explotaciones, una vez justificada la inversión subvencionable sea:
• 200 plazas en anátidas de hígado graso.
• 500 parejas de palomas.
• 500 plazas en caso de pollos de corral y pavos.
• 1.000 plazas en caso de gallinas camperas.
– Que se respeten las siguientes condiciones de producción:
• Las estirpes de pollos de corral y pavos deben ser de crecimiento lento.
• Ser cebadas durante más de 60 días.
• Alcanzar pesos superiores a 2,5/3,0 kg.
• Ser criados con acceso libre a parques.
• La densidad de cabezas en el interior de la nave no debe superar los 11 animales/m2 y en parques 2 animales/m2.

4.– No incurrir en ninguno de los supuestos contemplados en los apartados 2 y 3 del artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

Documentos asociados

Boletín: 25/01/2008
BOCyL Boletín Oficial de Castilla y León- Nº 17
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
Boletín: 25/03/2008
BOCyL Boletín Oficial de Castilla y León- Nº 57
Documento: Convocatoria 2008 y Anexos Descargar Documento