Ayudas para el desarrollo y la realizacion de proyectos culturales y de formacion no reglada durante el año 2010.

Código de ayuda:

S15500/10

Norma:

Resolucion de 27 de enero de 2010.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 29/04/2010

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Convocar la concesión de ayudas al desarrollo y la realización de proyectos culturales y de formación no reglada durante el año 2010 en alguna de las siguientes modalidades:

a) Proyectos pertenecientes al campo de la edición que puedan enriquecer el panorama audiovisual español desde una perspectiva cultural, preferentemente en formato electrónico.

b) Proyectos pertenecientes al campo teórico que puedan enriquecer el panorama audiovisual español desde una perspectiva cultural.

c) Proyectos que apoyen programas específicos de formación no reglada:

c).1 Para profesionales, incluyendo personal creativo y técnico.

c).2 De formación del público.

Categorías Subvención

  • Actividades culturales, lingüísticas y Deporte

Localización del organismo gestor

España

Convoca:

Ministerio de Cultura ( España)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

La cuantía máxima de cada una de las ayudas podrá alcanzar la cantidad de 50.000,00 euros, siempre que ese importe no supere el 50 por 100 del presupuesto del proyecto.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Particulares / Personas físicas
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

Las personas físicas o jurídicas que actúen como promotores y organizadores de proyectos cuyo objeto
esté en conformidad con el apartado primero de esta convocatoria.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

a) Gastos brutos correspondientes a los honorarios de ponentes, tutores o autores.

b) Gastos y dietas del personal organizador o docente directamente vinculado a la actividad.

c) Arrendamiento de servicios técnicos y de apoyo así como de locales y espacios vinculados a la actividad.

d) Gastos directamente derivados de la publicación.

e) Gastos generales de administración, que podrían ser compartidos con otros gastos de los promotores del proyecto hasta un límite máximo del 15% del presupuesto del mismo.

f) Publicidad y propaganda de las actividades objeto de la ayuda.

Documentos asociados

Boletín: 15/03/2010
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 64
Documento: Bases, Convocatoria 2010 y Anexos Descargar Documento