Ayudas para el desarrollo y fortalecimiento de las Oficinas de Transferencia de Resultados de Investigación, en el marco del Programa Nacional de Apoyo a la Competitividad Empresarial.
Código de ayuda:
S58282/05Norma:
RESOLUCIÓN de 14 de diciembre de 2005. Regulación en ORDEN ECI/1155/2005, de 11 de abril.Plazo de Solicitud:
Convocatoria 2006: hasta el 31 de enero. Pendiente Convocatoria 2007.Finalidad u objetivo de la ayuda:
Regular el procedimiento de concesión, en régimen de publicidad, objetividad y concurrencia competitiva, de ayudas financieras para la realización de acciones de apoyo a la función de transferencia e intermediación realizada por las OTRI en el marco del Programa de Apoyo a la competitividad empresarial y para potenciar la función de intermediación en los siguientes Programas Nacionales:Biomedicina.
Biotecnología.
Biología fundamental.
Recursos y tecnologías agroalimentarias.
Ciencias y tecnologías medioambientales.
Biodiversidad, ciencias de la tierra y cambio global.
Energía.
Medios de transporte.
Construcción.
Ciencias y tecnologías químicas.
Materiales.
Diseño y producción industrial.
Espacio.
Astronomía y astrofísica.
Física de partículas.
Matemáticas.
Física.
Seguridad.
Tecnología electrónica y de comunicaciones.
Tecnologías informáticas.
Tecnologías de servicios de la sociedad de la información.
Humanidades.
Ciencias sociales, económicas y jurídicas.
Vertidos marinos accidentales.
Nanociencia y nanotecnología.
Genómica y proteómica.
Alimentos funcionales.
Deporte y Actividad Física.
Sistemas complejos.
E-Ciencia.
El objetivo fundamental de esta convocatoria es promover la mejora de la competitividad empresarial en sus diversos aspectos, a través de dar un mayor impulso en la función de intermediación y transferencia entre los agentes productores de I+D (investigadores), las empresas y la sociedad en general.
Categorías Subvención
Equipamientos informáticos y Tecnología
I + D + i (Investigación+Desarrollo+Innovación)
Localización del organismo gestor

Convoca:
Ministerio de Educación y Ciencia ( España)Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Asociaciones
- Ayuntamientos/Municipios
- Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
- Fundaciones
- Organismos / Entidades Públicas
Detalle beneficiarios:
Los centros públicos de I+D, los centros privados de I+D sin ánimo de lucro, los centros tecnológicos y otras unidades de interfaz, siempre que los referidos organismos estén reconocidos y registrados como Oficinas de Transferencias de Resultados de Investigación (OTRI) según la Orden Ministerial reguladora del Registro de Oficinas de Transferencias de Resultados de Investigación de 16 de febrero de 1996.También podrán recibir la consideración de beneficiarios aquellos miembros asociados del beneficiario que tengan como fin estatutario promover la transferencia tecnológica, la innovación y la mejora de la competitividad empresarial y que se comprometan a efectuar parte de las actividades que fundamentan la concesión de la subvención en nombre y por cuenta de éste (Cámaras de Comercio, Fundaciones, Asociaciones, Entidades de Derecho Público, etc…).
¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
Esta convocatoria contempla las siguientes modalidades de participación:a) Promover la creación de empresas de base tecnológica:
El objetivo es financiar una serie de estrategias dinamizadoras que contribuyan a un mayor crecimiento en la creación de empresas de base tecnológica (EBT).
b) Fomentar la afloración, el licenciamiento o la cesión de patentes u otras formas de propiedad intelectual (PI):
El objetivo es aumentar la eficacia y la eficiencia en los procesos de licenciamiento y cesión de patentes y dar un mayor valor a la comercialización de la PI.
c) Desarrollar y/o implementar modernas herramientas y sistemas de gestión de la tecnología, el conocimiento y la innovación:
El objetivo es implementar dentro de las OTRI y en sus correspondientes entidades, herramientas informáticas y modernos sistemas de gestión, que les permitan mejorar su gestión y orientar sus actuaciones a una adecuada toma de decisiones en la transferencia tecnológica.
d) Impulsar acciones estratégicas de tipo sectorial:
El objetivo es promover proyectos de I+D en cooperación con empresas, a nivel nacional e internacional, que incidan claramente en la mejora de su competitividad sectorial.
e) Promover actuaciones apoyo a PYMES y al entorno territorial y local:
El objetivo es aumentar la capacidad competitiva de las PYMES y su participación en proyectos de I+D así como promover actuaciones de transferencia tecnológica en entornos específicos de carácter territorial y local.
Para esta modalidad será obligatoria la participación de al menos tres entidades de naturaleza diferente.
f) Incorporar personal comercial de apoyo directo a grupos de investigación:
El objetivo proporcionar a los grupos de investigación, personal técnico comercial con la capacidad necesaria para facilitarles un mayor acercamiento a las empresas y les ayude a sus tareas de gestión mediante la realización de acciones especificas de marketing, promoción y difusión.
g) Actuaciones de formación y de aprendizaje:
El objetivo es fortalecer la formación del personal de las OTRI a fin de proporcionarles una mejora en su gestión y que específicamente les habilite para conseguir una mayor capacidad de captación de mercado y unos mayores rendimientos en la transferencia tecnológica y de resultados de investigación.
Sin perjuicio de lo dispuesto en el apartado duodécimo de esta resolución, las actuaciones propuestas tendrán un periodo de ejecución de tres años, a excepción de las propuestas enmarcadas dentro de la modalidad g), que tendrá una duración de dos.
En casos debidamente justificados todas las modalidades descritas en este apartado podrán tener una duración inferior (uno o dos años).
Requisitos:
Los beneficiarios no podrán encontrarse incursos en ninguna de las circunstancias que prohíben la obtención de la condición de beneficiario, recogidas en el artículo 13 de la Ley General de Subvenciones.Los beneficiarios deberán cumplir las obligaciones recogidas en el artículo 14 de la Ley General de Subvenciones.
Documentos asociados
Boletín:
29/04/2005
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 102
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 102
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
Boletín:
27/12/2005
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 309
Documento: Convocatoria 2006 Descargar Documento
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 309
Documento: Convocatoria 2006 Descargar Documento