Ayudas para el desarrollo y fortalecimiento de las Oficinas de Transferencia de Resultados de Investigación.

Código de ayuda:

S17037/04

Norma:

Orden ECI/1839/2004, de 7 de junio.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 30/07/2004

Finalidad u objetivo de la ayuda:

La realización de acciones de apoyo a la función de intermediación en el marco del Programa Nacional de Apoyo a la Competitividad Empresarial, así como de apoyo a otras actuaciones conducentes al fomento de la investigación, el desarrollo y la innovación tecnológica en el marco del Plan Nacional de I+D+I 2004-2007.

El objetivo esencial que persiguen las ayudas es promover la mejora de la competitividad de las empresas a través de la realización de un conjunto de actuaciones que conduzcan a una mayor eficacia de la transferencia tecnológica y de los resultados de investigación.

Categorías Subvención

  • Formación
  • I + D + i (Investigación+Desarrollo+Innovación)

Localización del organismo gestor

España

Convoca:

Ministerio de Educación y Ciencia ( España)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Hasta el 100 por 100 de los costes marginales de la actuación o hasta el 50 por 100 de los costes totales.
Se considerarán costes marginales aquellos que se originan exclusivamente por el desarrollo de las actividades correspondientes a la realización de la actuación.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Ayuntamientos/Municipios
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones
  • Organismos / Entidades Públicas

Detalle beneficiarios:

Los centros públicos de I+D, los centros privados de I+D sin ánimo de lucro, los centros tecnológicos y otras unidades de interfaz, que posean unidades con funciones de transferencia en materia de resultados de investigación y tecnología y estén inscritos en el Registro de Oficinas de Transferencia de Resultados de Investigación (OTRI) según la Orden Ministerial reguladora del Registro de Oficinas de Transferencia de Resultados de Investigación, según la Orden Ministerial de 16 de febrero de 1996.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Los solicitantes podrán participar en alguna de las siguientes modalidades:
a) Ayudas a planes de actuación ordinarios.
En esta modalidad se apoyarán actuaciones orientadas a la consecución de los objetivos que se especifican más adelante.
b) Ayudas a planes de actuación coordinados.
En esta modalidad se apoyarán actuaciones del tipo recogido en la modalidad anterior que se realicen de forma coordinada entre varias Oficinas de Transferencia de Resultados de Investigación. Se pretende con ello movilizar esfuerzos en líneas concretas cuyos objetivos difícilmente podrían plantearse en un contexto más restrictivo y donde la coordinación sea la pieza clave para su potenciación.
c) Ayudas a programas de formación.
En esta modalidad se apoyarán actuaciones orientadas a la organización de actividades de formación de personal, con el fin de alcanzar o mejorar su especialización en alguna de las áreas ligadas a los objetivos especificados más adelante.
d) Ayudas para actuaciones específicas que permitan aprovechar oportunidades no planificadas.

Las ayudas previstas en la presente Orden se destinarán a cubrir los gastos relacionados con el desarrollo y ejecución de las actuaciones para las que hayan sido concedidas:
a) Costes de personal: Costes ocasionados por la participación de personal contratado o en régimen de formación, ajeno al vinculado estatutaria o contractualmente de forma permanente con el organismo solicitante, que podrá incorporarse al plan de actuación durante todo o parte del tiempo de duración previsto, en dedicación parcial o total. Los costes de personal podrán referirse a doctores, titulados superiores, titulados medios y personal técnico.
b) Costes de ejecución: Costes debidamente justificados tales como los de adquisición de equipamiento, contratación de servicios, promoción, material fungible, viajes y dietas, etc.

En el presupuesto de las actuaciones presentadas a costes totales las ayudas podrán aplicarse a los siguientes conceptos:
a) Costes de personal propio o contratado para la actuación a realizar.
Los costes de personal podrán referirse a titulados superiores, titulados medios y personal técnico. El personal contratado lo estará bajo cualquier modalidad de contratación, o en régimen de formación, acorde con la normativa vigente y con las normas de la entidad solicitante, sin que ello implique compromiso alguno en cuanto a su posterior incorporación a dicha entidad.
b) Costes directos de ejecución: costes de amortización de equipamiento de nueva adquisición, costes de utilización de instalaciones o equipos, costes ligados a la contratación de servicios y otros costes debidamente justificados (promoción, material fungible, viajes y dietas, etc.).

Aquellas actuaciones que contribuyan a la consecución de los siguientes objetivos:
Objetivos primarios:
a) Promover actividades de I+D en cooperación con empresas tanto por contratación directa con las mismas como dentro de los programas regionales, nacionales, europeos e internacionales.
b) Impulsar la generación y la protección de patentes y propiedad intelectual.
c) Realizar actuaciones que conduzcan al licenciamiento y a la cesión de patentes y propiedad intelectual al sector empresarial.
d) Promover actividades encaminadas a la creación de empresas de base tecnológica a partir de resultados de I+D y aquellas dirigidas a prestar servicios especializados a las mismas, a través de incubadoras o similares, que posibiliten su viabilidad y sostenimiento.

Objetivos secundarios:
e) Proporcionar servicios de información y otros servicios e instrumentos de apoyo que faciliten la interacción de los centros y grupos de investigación con las empresas.
f) Promover la creación de servicios eficientes de comunicación y enlace que proporcionen flujos de conocimiento y de información de valor añadido para las empresas, los investigadores, las administraciones y la sociedad en general.
g) Captar informaciones, oportunidades tecnológicas y mejores prácticas localizadas en cualquier parte del mundo y difundirlas en el Sistema Español de Innovación.
h) Aumentar la capacidad de absorción o asimilación y de innovación de las empresas, promoviendo la puesta en marcha de servicios de formación, movilidad y otros servicios especializados vinculados a la tecnología y la innovación.
i) Fomentar la creación de redes, plataformas, acuerdos, convenios y otros mecanismos de colaboración e interacción permanente, aumentando así el capital relacional de la entidad.
j) Facilitar el acceso de las empresas a los recursos y capacidades disponibles en los centros de investigación.
k) Evaluar la oferta e identificar la demanda tecnológica.
l) Difundir, diseminar y promocionar en los sectores productivos las tecnologías y capacidades de los grupos y centros de investigación (acciones de marketing, promoción y difusión).
m) Mejorar la gestión interna y desarrollar nuevas capacidades y competencias e instrumentos para impulsar y facilitar los procesos de transferencia tecnológica.
n) Apoyar acciones encaminadas a mejorar las estrategias de promoción tecnológica y especialmente aquellas dirigidas a asignar personal promotor de apoyo directo y permanente a centros y grupos de investigación.
o) Implementar sistemas de gestión del conocimiento que faciliten una mejor transferencia y explotación de los resultados de investigación.
p) Colaborar en la promoción, difusión y gestión de los programas nacionales e internacionales de investigación.
q) En general, cualquier otra acción, no contemplada anteriormente, y que contribuya en el marco general de esta convocatoria a mejorar la transferencia tecnológica y de los resultados de investigación.

La presente Orden pretende impulsar también todas aquellas actuaciones encaminadas a la creación de nuevas estructuras organizativas orientadas a la prestación de nuevos servicios, la mejora de la capacitación del personal, el trabajo en red, la generación de instrumentos de apoyo mutuo, la implantación de sistemas internos de calidad así como el establecimiento de indicadores de actividad y medidas de rendimiento en la gestión como elementos esenciales para su mejora continua y su auto-evaluación.

Requisitos:

Sin especificar.
Ver Beneficiarios.

Documentos asociados

Boletín: 16/06/2004
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 145
Documento: Convocatoria Descargar Documento
Boletín: 16/06/2004
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 145
Documento: Anexos Descargar Documento
Boletín: 16/06/2004
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 145
Documento: Anexos Descargar Documento
Boletín: 16/06/2004
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Boletín: 16/06/2004
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Boletín: 16/06/2004
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 145
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