Ayudas para el desarrollo de proyectos de innovación educativa, durante el curso 2016-2017, en los centros docentes de enseñanza no universitaria sostenidos con fondos públicos,.- Convocatoria 2016.

Código de ayuda:

S39064/16

Norma:

Orden de 14/09/2016. Resolución de 03/11/2016.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 25 de noviembre de 2016.

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Aproximadamente 6.000

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Financiación de la realización de proyectos de innovación educativa.

Categorías Subvención

  • Educación y Ciencia

Localización del organismo gestor

Castilla-La Mancha

Convoca:

Consejería de Educación, Cultura y Deportes (Castilla-La Mancha)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

La cuantía de la subvención a conceder a cada beneficiario no superará el límite que se establezca en la resolución de la convocatoria, de acuerdo con las disponibilidades presupuestarias y sin que en ningún caso se pueda superar por beneficiario el importe máximo por ayuda de 6.000 euros.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Organismos / Entidades Públicas
  • Universidades Públicas y Privadas / Centros de Enseñanza

Detalle beneficiarios:

Los beneficiarios serán los centros educativos sostenidos con fondos públicos de la Comunidad autónoma de Castilla-La Mancha que impartan alguna de las enseñanzas siguientes:

a) 2º ciclo de educación infantil y educación primaria.

b) Educación secundaria.

c) formación profesional.

d) régimen especial.

e) Educación especial.

Requisitos:

Los centros docentes privados concertados deberán reunir, además, los siguientes requisitos:

a) Encontrarse al corriente de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social, así como respecto del pago de obligaciones por reintegro de subvenciones.

b) No hallarse incurso en alguna de las circunstancias previstas en el artículo 13.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

c) No estar incursos los administradores o aquellos que ostenten la representación legal de la persona jurídica en ninguno de los supuestos de incompatibilidad previstos en la Ley 11/2003, de 25 de septiembre, del Gobierno y del Consejo Consultivo de Castilla-La Mancha.

d) Aquellos beneficiarias que tengan personal contratado, por cualquiera de las modalidades previstas en Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, deberán disponer de un plan de prevención de riesgos laborales y no haber sido sancionados en virtud de resolución administrativa o sentencia judicial firme, por falta grave o muy grave en materia de prevención de riesgos laborales, durante el año inmediatamente anterior a la fecha de solicitud de la subvención.

Documentos asociados

Boletín: 04/10/2016
DOCM Diario Oficial de Castilla-La Mancha- Nº 194
Documento: Bases Reguladoras 2016 Descargar Documento
Boletín: 10/11/2016
DOCM Diario Oficial de Castilla-La Mancha- Nº 219
Documento: Convocatoria 2016 (Completo) Descargar Documento
Boletín: 29/11/2016
DOCM Diario Oficial de Castilla-La Mancha- Nº 232
Documento: Corrección errores convocatoria Descargar Documento