Ayudas para el desarrollo de programas de educación familiar por las corporaciones locales de Galicia.

Código de ayuda:

S47300/08

Norma:

Orden de 11 de junio de 2008. Orden de 29 de septiembre de 2008.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 24/07/2008

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Esta orden tienen por objeto convocar, en régimen de concurrencia competitiva, y aprobar las bases por las
que se rige la concesión de las subvenciones, para la financiación de programas para la educación familiar
que desarrollarán las corporaciones locales a través de personal técnico especializado que se incorporará al
equipo de servicios sociales de atención primaria.

Categorías Subvención

  • Corporaciones Locales
  • Mujeres, Infancia y Ayudas familiares
  • Recursos Humanos

Localización del organismo gestor

Galicia

Convoca:

Vicepresidencia de la Igualdad y del Bienestar (Galicia)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

La ayuda que se convoca consiste en una aportación anual máxima de 18.000 euros por cada ayuntamiento
solicitante que tenga un profesional a jornada completa, pudiendo llegar la ayuda hasta 36.000 € en el caso de mancomunidades y equiparándose a éstas los ayuntamientos de más de 50.000 habitantes.

En el caso de disponer de un profesional a media jornada, la aportación anual máxima se reduce a la
mitad.

Las corporaciones locales deberán participar en el financiamiento del programa con un mínimo del 30% del presupuesto total del programa.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Ayuntamientos/Municipios
  • Organismos / Entidades Públicas

Detalle beneficiarios:

Podrán concurrir aquellas corporaciones locales que presenten un programa para la educación familiar, de
forma individual o mancomunadamente.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

El objetivo del programa es la intervención social individualizada de carácter integral en núcleos familiares
que se encuentran en situación de dificultad social o riesgo. Esta intervención contemplará tanto actuaciones socioeducativas y asistenciales, como de inserción sociolaboral.

Los proyectos deberán tener un carácter integral, de manera que se establezca un diagnóstico individual
de cada núcleo familiar objeto de la intervención, así como la planificación de actuaciones encaminadas a la
superación de la situación que presente el núcleo familiar.

La intervención familiar tendrá un carácter continuado con el fin de alcanzar los objetivos propuestos
para cada núcleo familiar, con el fin de dotar a la familia de suficiente competencia para que alcance su plena autonomía en la solución de problemas de cara al futuro.

Se establecerán mecanismos de coordinación con los recursos y servicios existentes en la zona que intervienen en algún aspecto de la vida familiar, con el fin de facilitar el carácter integral de la intervención social realizada.

Personal:

1. El personal técnico especializado que contrate la corporación local para desarrollar el programa para la
educación familiar deberá ser preferentemente educador social.
También podrán ser contratadas personas con la titulación de psicología, pedagogía, psicopedagogía, trabajo social, así como los/las diplomados/as en magisterio que con anterioridad al año 2004 venían desarrollando el programa.

2. El personal técnico especializado que contrate de nuevo la corporación local para el desarrollo del programa será acreditado por la comisión de valoración.

3. La categoría profesional del personal técnico especializado será, como mínimo, del grupo II correspondiendo la diplomatura exigida.

4. La contratación de personal se realizará directamente por la corporación local excluyendo las formas
de gestión indirecta.

Documentos asociados

Boletín: 24/06/2008
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 121
Documento: Bases, Convocatoria 2008 y Anexos Descargar Documento
Boletín: 17/10/2008
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 202
Documento: Modificación Descargar Documento