Ayudas para el desarrollo de nuevos mercados y campañas de promoción para productos de pesca y acuicultura - Modificación - Convocatoria 2009.

Código de ayuda:

S51719/08

Norma:

Orden de 17 de junio de 2008. Resolución de 24 de octubre de 2008. Resolucion de 10 de diciembre de 2008. Resolucion de 26 de octubre de 2009.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 30/11/2009

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Aprobación de la convocatoria de ayudas, correspondiente al año 2009, destinadas al desarrollo de nuevos mercados y campañas de promoción para productos de pesca y acuicultura, de acuerdo con lo que se establece en la Orden de la Consejera de Agricultura y Pesca, de 17 de junio de 2008, por la que se
establecen las bases reguladoras de la concesión de subvenciones en el marco del programa del Fondo Europeo de Pesca (publicada en el BOIB nº 90, de 28 de junio de 2008), aprobado por la Comisión, en fecha 13 de diciembre de 2007.

Categorías Subvención

  • Agricultura, Ganadería, Caza y Pesca

Localización del organismo gestor

Islas Baleares

Convoca:

Consejería de Agricultura y Pesca (Islas Baleares)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Autónomos
  • Ayuntamientos/Municipios
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Organismos / Entidades Públicas
  • Organizaciones Empresariales y Sindicales
  • Particulares / Personas físicas
  • Pymes (menos de 250 empleados)

Detalle beneficiarios:

Podrán ser beneficiarios de las ayudas convocadas mediante la presente Resolución las administraciones públicas, las empresas y entidades públicas o privadas, las organizaciones de productores pesqueros y entidades asociativas del sector pesquero y de la acuicultura que tengan el domicilio fiscal en las Illes Balears, que lleven a cabo las actuaciones de la presente Resolución.


¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Serán subvencionables las inversiones o actuaciones realizadas y pagadas entre el 1 de enero de 2007, fecha de inicio del período de las actuaciones incluidas en el Fondo Europeo de Pesca y fecha de finalización de justificación prevista en el apartado decimoprimero que cumplan los requisitos previstos
en el punto 2 siguiente, siempre que tengan cualquiera de las siguientes finalidades:

a) Realización de campañas de promoción de productos de la pesca y de la acuicultura, como ferias y exposiciones, entre otras.

b) La oferta en el mercado de especies excedentarias o infraexplotadas que normalmente sean objeto de descarte o carentes de interés comercial.

c) La aplicación de una política de calidad de los productos de la pesca y la acuicultura.

d) La promoción de productos obtenidos mediante métodos respetuosos con el medio ambiente.

e) La promoción de productos reconocidos en virtud del Reglamento (CE) nº 510/2006 del Consejo, de 20 de marzo de 2006.

f) La certificación de calidad, incluida la creación de etiquetas y la certificación de productos capturados o producidos de forma inocua para el medio ambiente.

g) Campañas dirigidas a mejorar la imagen de los productos de la pesca y la acuicultura y del sector pesquero.

h) La realización de estudios de mercado.


Documentos asociados

Boletín: 28/06/2008
BOIB Boletín Oficial de las Islas Baleares- Nº 90
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
Boletín: 06/11/2008
BOIB Boletín Oficial de las Islas Baleares- Nº 157
Documento: Convocatoria Descargar Documento
Boletín: 16/12/2008
BOIB Boletín Oficial de las Islas Baleares- Nº 176
Documento: Modificación Descargar Documento
Boletín: 29/10/2009
BOIB Boletín Oficial de las Islas Baleares- Nº 159
Documento: Convocatoria 2009 Descargar Documento