Ayudas para el desarrollo de nuevos mercados y campañas de promocion para productos de la pesca y la acuicultura.- Convocatoria 2014.

Código de ayuda:

S53864/10

Norma:

Resolución de 8 de septiembre de 2010. Orden de 17 de junio de 2008. Resolución de 19 de octubre de 2011. Palma, 6 de noviembre de 2012. Palma, 1 de noviembre de 2013. Palma, 19 de diciembre de 2013. Palma, 30 de abril de 2014.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 06/06/2014

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Aprobar la convocatoria de ayudas, correspondiente al año 2014, destinadas al desarrollo de nuevos mercados y campañas de promoción para productos de la pesca y la acuicultura, de acuerdo con lo que se establece en la Orden de la Consejera de Agricultura y Pesca, de 17 de junio de 2008, por la que se establecen las bases reguladoras de la concesión de subvenciones en el marco del programa del Fondo Europeo de Pesca, publicada en el BOIB nº 90, de 28 de junio de 2008.

Categorías Subvención

  • Agricultura, Ganadería, Caza y Pesca
  • Asistencia a Ferias, Congresos y Material Promocional
  • Calidad
  • Comercio
  • Consumo

Localización del organismo gestor

Islas Baleares

Convoca:

Consejería de Agricultura, Medio Ambiente y Territorio (Islas Baleares)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

1. El porcentaje de las subvenciones será del 100% del coste elegible, de acuerdo con los límites establecidos en el grupo 1 del Anexo II del Reglamento (CE) nº 1198/2006 del Consejo, de 27 de julio de 2006, relativo al Fondo Europeo de Pesca.

2. En ningún caso, ninguna variación del proyecto dará lugar a un incremento de la subvención aprobada que figure en la resolución de concesión de la ayuda.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Agrupaciones de interés económico / de empresas / de personas físicas y jurídicas
  • Asociaciones
  • Ayuntamientos/Municipios
  • Empresas (más de 250 empleados)
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Organismos / Entidades Públicas
  • Organizaciones Empresariales y Sindicales
  • Pymes (menos de 250 empleados)

Detalle beneficiarios:

Las Administraciones públicas, las empresas y entidades públicas o privadas, las organizaciones de productores pesqueros y entidades asociativas del sector pesquero y de la acuicultura que tengan el domicilio fiscal en las Illes Balears, en el momento de la presentación de las solicitudes, y que lleven a cabo las actuaciones de esta Resolución.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

a. Fomento del consumo.

b. Concienciación para la protección de los recursos.

c. Proyección exterior.

d. Fomento de la calidad.

Requisitos:

- Cuando se trate de agrupaciones de personas físicas o jurídicas sin personalidad jurídica propia, deben hacerse constar expresamente, tanto en la solicitud como en la resolución de concesión, los compromisos de ejecución que asume cada miembro de la agrupación, así como el importe de la subvención que debe aplicarse para cada uno de ellos, los cuales tienen igualmente la consideración de beneficiarios.

- En cualquier caso, debe nombrarse un representante o apoderado único de la agrupación, con poder suficiente para cumplir las obligaciones que, como beneficiaria, corresponden a la agrupación. La agrupación no podrá disolverse hasta que haya transcurrido el plazo de prescripción que se prevé en los artículos 39 y 65 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

- Además de los requisitos establecidos anteriormente, los beneficiarios de las ayudas deberán cumplir los requisitos previstos en el artículo 11 de la Orden de la Consejera de Agricultura y Pesca, de 17 de junio de 2008, por la que se establecen las bases reguladoras de la concesión de subvenciones en el marco del programa del Fondo Europeo de Pesca (FEP), así como también los establecidos en el Decreto Legislativo 2/2005, de 28 de diciembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Subvenciones.

Documentos asociados

Boletín: 28/06/2008
BOIB Boletín Oficial de las Islas Baleares- Nº 90
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
Boletín: 15/08/2009
BOIB Boletín Oficial de las Islas Baleares- Nº 119
Documento: Modificación Descargar Documento
Boletín: 18/09/2010
BOIB Boletín Oficial de las Islas Baleares- Nº 136
Documento: Convocatoria 2010. Descargar Documento
Boletín: 27/10/2011
BOIB Boletín Oficial de las Islas Baleares- Nº 162
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Boletín: 10/11/2012
BOIB Boletín Oficial de las Islas Baleares- Nº 167
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Boletín: 07/11/2013
BOIB Boletín Oficial de las Islas Baleares- Nº 153
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Boletín: 24/12/2013
BOIB Boletín Oficial de las Islas Baleares- Nº 177
Documento: Modificación y Reapertura Plazo Presentación. Descargar Documento
Boletín: 06/05/2014
BOIB Boletín Oficial de las Islas Baleares- Nº 62
Documento: Convocatoria 2014. Descargar Documento