Ayudas para el desarrollo de determinadas actividades extracurriculares durante el curso 2009-2010 en los centros docentes públicos y privados concertados que imparten enseñanzas no universitarias en la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha.
Código de ayuda:
S02264/10Norma:
Orden de 28/12/2009.Plazo de Solicitud:
Fecha Fin: 12/02/2010Finalidad u objetivo de la ayuda:
Establecer las bases reguladoras para la concesión de ayudas, tanto mediante la modalidad de solicitud de ayuda, en régimen de concurrencia competitiva, como mediante la modalidad de solicitud de renovación de convenios, para el desarrollo de determinadas actividades extracurriculares durante el curso 2009-2010,desde el 1 de septiembre de 2009 a 31 de agosto de 2010, con el alumnado de los Centros docentes públicos y privados concertados que imparten enseñanzas no universitarias en la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha.
Categorías Subvención
Actividades culturales, lingüísticas y Deporte
Asociacionismo y Voluntariado
Educación y Ciencia
Localización del organismo gestor

Convoca:
Consejería de Educación y Ciencia (Castilla-La Mancha)¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
La cuantía máxima de la ayuda a conceder para la totalidad del conjunto de actividades será de:a. 5.000 euros por Centro, para el conjunto del plan de actividades, cuando se trate de planes promovidos por Ayuntamientos o Mancomunidades de Municipios. En el caso de las renovaciones de convenios, la cantidad aportada por la Consejería de Educación y Ciencia será la misma de la convocatoria anterior. Cuando se aumentase el número de centros adscritos al programa sin modificar el mismo en otros aspectos, el incremento se realizará de manera proporcional al número de centros, no entendiéndose por tanto como modificación sustancial. Las solicitudes de aquellos municipios o mancomunidades de municipios que modifiquen sustancialmente su programa, y así lo hagan constar en el Anexo I, tendrán la consideración de nuevo convenio.
b. 8.000 euros para los Colegios Rurales Agrupados.
c. 3.000 euros para los Centros Docentes o sección de CRA.
Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Asociaciones
- Asociaciones
- Ayuntamientos/Municipios
- Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
- Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
- Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
- Fundaciones
- Microempresas (menos de 10 empleados)
- Organismos / Entidades Públicas
- Organizaciones Empresariales y Sindicales
- Particulares / Personas físicas
- Pymes (menos de 250 empleados)
- Sociedades Civiles
Detalle beneficiarios:
a. Los Ayuntamientos y Mancomunidades de Municipios de Castilla-La Mancha que presenten proyectos integrados de actividades promovidos y coordinados por ellos, en colaboración con la comunidad educativa, y que cuenten con las infraestructuras necesarias para su adecuado desarrollo.b. Los propios Centros Docentes, singular o mancomunadamente, cuando el Consejo Escolar actúe como promotor.
c. Las Asociaciones de Madres y Padres de Alumnos legalmente constituidas, en el desarrollo de actividades con alumnos.
d. Las Asociaciones de Alumnos legalmente constituidas.
e. Las asociaciones culturales o deportivas constituidas en los Centros por miembros de la Comunidad Educativa.
f. Las entidades sin ánimo de lucro entre cuyos fines se contemple el desarrollo de proyectos educativos en Centros.
¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
Son susceptibles de ayuda aquellos programas cuyas actividades estén recogidas en la Programación General Anual de los Centros Docentes sostenidos con fondos públicos y que desarrollen contenidos incluidos en los siguientes ámbitos:I. Educación para la convivencia.
II. Desarrollo de las habilidades personales.
III. Comunicación, lectura e idiomas.
IV. Conocimiento y respeto al patrimonio natural y cultural y los principios del desarrollo sostenible.
V. Desarrollo artístico y técnicas artesanales.
VI. La Actividad física y el deporte.
VII. Uso de las Tecnologías de la Información y la Comunicación (TIC).
Requisitos:
1. No podrán obtener la condición de beneficiarios aquellas entidades en quienes concurra alguna de las circunstancias a las que se refieren los apartados 2 y 3 del artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.2. Los beneficiarios habrán de tener domicilio fiscal en Castilla-La Mancha.
3. Los beneficiarios de la presente convocatoria habrán de presentar declaración responsable de no estar incursas aquellas personas que ostenten la representación legal de otras personas jurídicas en los supuestos de incompatibilidad regulados en la Ley 11/2003, de 25 de septiembre, del Gobierno y el Consejo Consultivo de Castilla-La Mancha y hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias, con la Seguridad Social y de pago de obligaciones por reintegro de subvenciones con la Administración Regional.
4. Las personas o entidades sujetas a la normativa de prevención de riesgos laborales, tendrán la obligación de acreditar la disponibilidad de un plan de prevención de riesgos laborales, así como de no haber sido sancionados, en virtud de resolución administrativa o sentencia judicial firme, por falta grave o muy grave en materia de riesgos laborales durante el año inmediatamente anterior a la fecha de solicitud de la subvención.
Documentos asociados
Boletín:
14/01/2010
DOCM Diario Oficial de Castilla-La Mancha- Nº 8
Documento: Bases, Convocatoria 2010 y Anexos Descargar Documento
DOCM Diario Oficial de Castilla-La Mancha- Nº 8
Documento: Bases, Convocatoria 2010 y Anexos Descargar Documento