Ayudas para el desarrollo de Programas de Escolarización Complementaria durante el curso 2009-2010.

Código de ayuda:

S72564/09

Norma:

ORDEN de 10 de noviembre de 2009. ORDEN de 7 de mayo de 2002.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 15/12/2009

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Convocar subvenciones a ayuntamientos, mancomunidades o entidades creadas por ellos, a entidades sin ánimo de lucro y a centros concertados, para el desarrollo de Programas de Escolarización Complementaria en los términos y condiciones establecidos en el artículo 14.2 de Orden de 7 de mayo de 2002, modificatoria de la Orden de 30 de julio de 1998, por la que se regula acción educativa para el alumnado que se encuentre en situaciones sociales y culturales desfavorecidas y para el alumnado que manifieste dificultades graves de adaptación escolar.

Los programas se llevarán a cabo en los lugares en que se presente población escolar demandante de
este tipo de enseñanzas. Para el curso 20092010 está prevista la necesidad de estos programas en algunas
de las localidades siguientes:

Arrasate/Mondragón

DonostiaSan

Sebastián

Errenteria

Eibar

Hernani

Irun

Tolosa

Zumarraga

beneBarakaldo

Bilbao

Ortuella

Portugalete

Sopuerta

VitoriaGasteiz

Categorías Subvención

  • Asociacionismo y Voluntariado
  • Corporaciones Locales
  • Educación y Ciencia

Localización del organismo gestor

País Vasco

Convoca:

Departamento de Educación (País Vasco)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

El importe destinado para el desarrollo de los Programas durante el curso 20092010
es de 1.512.000 euros. La cuantía máxima por proyecto será de 72.000 euros.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Ayuntamientos/Municipios
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Organismos / Entidades Públicas
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

a) Ayuntamientos, mancomunidades o entidades creadas por ellos, de la Comunidad Autónoma del
País Vasco.

b) Entidades sin ánimo de lucro domiciliadas en la Comunidad Autónoma del País Vasco.

c) Centros concertados domiciliados en la Comunidad Autónoma del País Vasco.

Documentos asociados

Boletín: 24/05/2002
BOPV Boletín Oficial del País Vasco- Nº 97
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
Boletín: 26/11/2009
BOPV Boletín Oficial del País Vasco- Nº 228
Documento: Convocatoria 2009/2010 y anexos Descargar Documento