Ayudas para el desarrollo de Programas de Actividades de Cualificación Profesional para Personas Adultas.

Código de ayuda:

S12973/04

Norma:

Orden de 29 de abril de 2004.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 05/06/2004

Finalidad u objetivo de la ayuda:

La realización, por las Universidades Populares de la Comunidad Autónoma de Extremadura, durante el año 2004, de actividades de formación básica y cualificación profesional para personas adultas mayores de 18 años.

Categorías Subvención

  • Formación

Localización del organismo gestor

Extremadura

Convoca:

Consejería de Educación (Extremadura)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Sin especificar, pero en relación al concepto publicidad se establece como límite máximo el 10% de la ayuda recibida.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Ayuntamientos/Municipios
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Organismos / Entidades Públicas
  • Pymes (menos de 250 empleados)

Detalle beneficiarios:

Las Universidades Populares legalmente constituidas, tanto públicas como privadas, de la Comunidad Autónoma de Extremadura.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Los gastos de las Universidades Populares para el desarrollo y gestión de programas para Personas Adultas, que tengan alguno de los siguientes fines:
a) Adquisición de formación para el empleo que mejore la cualificación profesional y facilite el acceso de las personas adultas al
mundo laboral.
b) Acciones encaminadas a elevar el nivel de cualificación laboral de las mujeres que se hayan visto obligadas a abandonar sus
estudios prematuramente.
c) Acciones de formación para la reinserción laboral de aquellas personas adultas que han perdido su empleo.
d) Acciones de formación para el empleo que mejore la cualificación profesional dirigida a menores de 25 años que no han tenido
acceso al mundo laboral.
e) Acciones dirigidas a la cualificación de personas inmigrantes o personas con discapacidad.

En todo caso, los gastos subvencionables serán exclusivamente los destinados a profesorado, alquiler de equipos, adquisición de material fungible y publicidad, originados por el desarrollo de la/s actividad/es.

Requisitos:

Sin especificar.

Documentos asociados

Boletín: 06/05/2004
DOE Diario Oficial de Extremadura- Nº 51
Documento: Convocatoria Descargar Documento