Ayudas para el curso 2007/2008 para el personal funcionario y contratado de la Universidad Publica de Navarra para estudios conducentes a titulos oficiales con validez en todo el territorio nacional.
Código de ayuda:
S14300/08Norma:
RESOLUCION 180/2008, de 30 de enero.Plazo de Solicitud:
Fecha Fin: 22/03/2008Finalidad u objetivo de la ayuda:
Las ayudas para el pago de los derechos de matrícula en títulos oficiales cursados en la Universidad Pública de Navarra.Categorías Subvención
Educación y Ciencia
Formación
Localización del organismo gestor

Convoca:
Departamento de Educación (Navarra)Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Particulares / Personas físicas
Detalle beneficiarios:
El personal de administración y servicios y el personal docente e investigador de la Universidad Pública de Navarra podrá solicitar para sí, su cónyuge o pareja de hecho y sus hijos menores de 25 años; que perciba sus retribuciones con cargo al Presupuesto de la Universidad Pública de Navarra.Requisitos:
Requisitos generales que debe reunir el solicitante:A.−Pertenecer a uno de los colectivos señalados en el Apartado III de esta convocatoria.
B.−Encontrarse matriculado el causante del beneficio en algunos de los estudios referidos en la Base IV de esta Convocatoria.
C.−Haber presentado la solicitud de beca ante el Ministerio de Educación y Ciencia y/o Gobierno Vasco y/o Gobierno de Navarra y/o, en su caso, cualquier otra Comunidad Autónoma cuando se cumplan los requisitos de las respectivas convocatorias.
Requisitos académicos. Para obtener la ayuda, el personal de la Universidad recogido en los
apartados a) y b) del apartado III de la presente convocatoria que solicite la ayuda para sí, es preciso el cumplimiento de las Normas de Permanencia. El resto de los beneficiarios para obtener la ayuda deberán cumplir los siguientes requisitos académicos:
1.−Matriculación.
a) Estudiantes de nuevo ingreso. El estudiante deberá matricularse de todas las asignaturas incluidas en el curso primero del correspondiente plan de estudios.
b) Resto de estudiantes. El estudiante deberá matricular al menos 60 créditos por curso académico o el número de créditos necesarios para finalizar estudios si este fuera inferior a 60 créditos. Los créditos convalidados o adaptados no serán tenidos en cuenta para el cómputo del número mínimo de créditos exigido en el punto anterior.
2.−En caso de que el solicitante hubiera sido beneficiario de una ayuda de igual naturaleza para el curso académico anterior, será necesario haber superado positivamente entre las convocatorias de junio
y septiembre al menos el 60 por cién de todos los créditos en que se matriculó en caso de diplomatura y licenciatura y el 50 por cién de todos los créditos que se matriculó en caso de Ingeniería. Se entenderán también como créditos no superados aquéllos a los que el alumno haya renunciado en alguna convocatoria de examen, o anulado la matrícula.
Requisitos económicos. A los efectos de percibir la ayuda se estará a los umbrales de renta familiar disponible relacionados en el apartado X de la presente convocatoria, calculándose dicha renta de conformidad con las reglas definidas en la Resolución 804/2007, de 2 de agosto, del Director General
de Enseñanzas Escolares y Profesionales, por la que se aprueba la Convocatoria General de Becas para el curso 2007/2008, en los niveles medios y universitarios publicada en el BOLETIN OFICIAL de Navarra, de
24 de agosto de 2007.
Documentos asociados
Boletín:
29/02/2008
BON Boletín Oficial de Navarra- Nº 27
Documento: Bases y Convocatoria 2008 Descargar Documento
BON Boletín Oficial de Navarra- Nº 27
Documento: Bases y Convocatoria 2008 Descargar Documento