Ayudas para el control de vegetación natural, mediante aprovechamiento ganadero extensivo, en zonas estratégicas ligadas a la prevención de incendios en el marco del programa de desarrollo rural 2014-2010 de la Comunitat Valenciana.

Código de ayuda:

S04173/19

Norma:

ORDEN 30/2018, de 19 de diciembre. RESOLUCIÓN de 25 de marzo de 2019.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 16 de mayo de 2019.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

El objeto de las ayudas es la actividad de manejo del ganado, mediante su conducción y guía por un pastor o mediante instalaciones que eviten su movilidad, tales como pastores eléctricos o cerca móvil, en zonas estratégicas ligadas a la prevención de incendios para el control del pasto y matorral mediante un pastoreo extensivo controlado, de carácter exhaustivo. Las zonas se establecerán en las correspondientes convocatorias anuales.

Categorías Subvención

  • Agricultura, Ganadería, Caza y Pesca
  • Inversiones Materiales y Equipos
  • Medio Ambiente y Energía

Localización del organismo gestor

Comunidad Valenciana

Convoca:

Conselleria de Agricultura, Desarrollo Rural, Emergencia Climática y Transición Ecológica. (Comunidad Valenciana)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Autónomos
  • Ganaderos y titulares de Explotaciones Ganaderas
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Organizaciones y Cooperativas Agrarias
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

Podrán ser beneficiarias de estas ayudas las personas titulares de explotaciones ganaderas, con autorización de aprovechamiento forestal menor o de plan de aprovechamiento de pastos.

Requisitos:

a) Las explotaciones ganaderas de producción y reproducción clasificación zootécnica reproducción para producción de carne y leche de ovino, caprino, bovino y producción de carne en equino que radiquen en el territorio de la Comunitat Valenciana y estén inscritos en el Registro de Explotaciones Ganaderas de la Comunitat Valenciana, creado por la Ley 6/2003, de 4 de marzo, de la Generalitat, de Ganadería de la Comunitat Valenciana;

b) Lo dispuesto en los artículos 13 y 14 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones;

c) Tengan la consideración de pymes agrarias dedicadas a la producción primaria, tal y como se definen en el anexo I del Reglamento (UE) núm. 702/2014, de la Comisión, de 25 de junio de 2014.

Documentos asociados

Boletín: 14/01/2019
DOGV Diario Oficial de la Generalitat Valenciana- Nº 8463
Documento: Bases Reguladoras 2019 Descargar Documento
Boletín: 29/03/2019
DOGV Diario Oficial de la Generalitat Valenciana- Nº 8517
Documento: Convocatoria 2019 Descargar Documento
Boletín: 29/03/2019
DOGV Diario Oficial de la Generalitat Valenciana- Nº 8517
Documento: Convocatoria 2019 (Extracto) Descargar Documento