Ayudas para el apoyo de proyectos piloto para el desarrollo de nuevos productos, prácticas, procesos y tecnologías en el ámbito agroforestal, cofinanciadas con el Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (Feader) en el marco del Programa de desarrollo rural (PDR) de Galicia 2014-2020.- Convocatoria 2018.

Código de ayuda:

S03519/18

Norma:

ORDEN de 26 de diciembre de 2017. ORDEN de 11 de octubre de 2018.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 19 de febrero de 2018.

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Aproximadamente 100.000

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Establecer las bases reguladoras de la concesión, en régimen de concurrencia competitiva, de las ayudas para el apoyo de proyectos piloto para el desarrollo de nuevos productos, prácticas, procesos y tecnologías en el ámbito agroforestal, cofinanciadas con el Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (Feader) en el marco del PDR de Galicia 2014-2020, y convocarlos para el año 2018.

En ningún caso se financiarán proyectos de investigación básica o fundamental ni investigaciones independientes.

Categorías Subvención

  • Agricultura, Ganadería, Caza y Pesca
  • Cooperación empresarial
  • I + D + i (Investigación+Desarrollo+Innovación)

Localización del organismo gestor

Galicia

Convoca:

Consellería del Medio Rural (Galicia)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

La financiación de las iniciativas de cooperación seleccionadas al amparo de esta convocatoria por un valor total de 1.196.640 euros, serán distribuidos en las siguientes anualidades:

145.000,00 euros en 2018, 600.820,00 euros en 2019 y 450.820,00 euros en 2020.

Las ayudas están financiadas con fondos Feader en un 75 %, con fondos propios de la Xunta de Galicia en un 22,5 % y con fondos del Ministerio de Agricultura y Pesca, Alimentación y Medio Ambiente en un 2,5 %.

La determinación de la cuantía de las ayudas se realizará en función del número de solicitudes presentadas y de la disponibilidad presupuestaria, de acuerdo con los criterios de priorización establecidos en el artículo 16 de la orden.

La intensidad de la ayuda a los proyectos piloto, desarrollo de nuevos productos, prácticas, procesos y tecnologías será del 80 % de los gastos subvencionables.

La cuantía máxima subvencionada en cada iniciativa de cooperación será de 100.000 euros.

No se admitirán proyectos cuya cuantía real de ejecución sea superior a 150.000 euros.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Agrupaciones de interés económico / de empresas / de personas físicas y jurídicas
  • Asociaciones
  • Autónomos
  • Ayuntamientos/Municipios
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Empresas (más de 250 empleados)
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones
  • Investigadores / Centros tecnológicos / Centros de I+D
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Organismos / Entidades Públicas
  • Organizaciones Empresariales y Sindicales
  • Organizaciones y Cooperativas Agrarias
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles
  • Universidades Públicas y Privadas / Centros de Enseñanza

Detalle beneficiarios:

Podrán acceder a la condición de beneficiaria de las subvenciones objeto de la presente orden:

a) Organizaciones o entidades relacionadas con la producción primaria en agricultura y/o silvicultura.

b) Empresas o industrias transformadoras del sector agrario, alimentario y forestal o del área de energías renovables de origen agrícola y forestal.

En la realización de la actividad subvencionada podrán participar, además de los beneficiarios regulados en el apartado 1, los agentes cooperantes, pudiendo adquirir tal condición las siguientes entidades:

a) Productores del sector agroforestal y sus asociaciones y otras organizaciones o entidades relacionadas con la producción primaria.

b) Centros de investigación y experimentación de la Consellería del Medio Rural y centros tecnológicos participados por ella, así como otros centros públicos de investigación de la Comunidad Autónoma.

c) Entidades sin ánimo de lucro que promuevan la investigación, la innovación y el desarrollo del medio rural, así como las que desarrollen actividades de promoción, asesoramiento, dinamización o financiación de proyectos en los ámbitos agrario o forestal.

d) Entidades asesoras en la conservación o uso sostenible de los recursos naturales.

e) Otras entidades con intereses reconocidos en el ámbito rural.

Documentos asociados

Boletín: 19/01/2018
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 14
Documento: Bases Reguladoras, Convocatoria 2018 y Anexos Descargar Documento
Boletín: 19/01/2018
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 14
Documento: Convocatoria 2018 (Extracto) Descargar Documento
Boletín: 15/10/2018
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 196
Documento: Modificación Bases Descargar Documento