Ayudas para el apoyo a las agrupaciones de productores en materia de desarrollo de actividades de informacion y promocion de productos en el marco de programas relativos a la calidad de los alimentos en la Comunidad Autonoma de Extremadura.

Código de ayuda:

S15819/12

Norma:

DECRETO 66/2012, de 27 de abril. ORDEN de 30 de julio de 2012. ORDEN de 3 de julio de 2013. ORDEN de 24 de junio de 2014.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 31/07/2014

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Establecer la convocatoria para el año 2015, de las ayudas destinadas para el apoyo a las agrupaciones de productores en materia de desarrollo de actividades de información y promoción de productos, en el marco de programas relativos a la calidad de los alimentos, establecido en el Programa de Desarrollo Rural de Extremadura.

Categorías Subvención

  • Agricultura, Ganadería, Caza y Pesca
  • Asistencia a Ferias, Congresos y Material Promocional
  • Calidad

Localización del organismo gestor

Extremadura

Convoca:

Consejería de Agricultura, Desarrollo Rural, Medio Ambiente y Energía (Extremadura)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

La ayuda será el 70 % de los gastos admisibles establecidos en el apartado 1 del artículo 4 de esta orden, por acción. La ayuda total otorgada no podrá superar la cuantía máxima de 70.000 euros por beneficiario y convocatoria.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Agrupaciones de interés económico / de empresas / de personas físicas y jurídicas

Detalle beneficiarios:

Las agrupaciones de productores con domicilio social en Extremadura, definidas en el artículo 2 del Decreto 66/2012, de 27 de abril, que cumplan los requisitos establecidos en el mismo, inscritas en alguno de los programas de calidad contemplados en el Programa de Desarrollo Rural de Extremadura FEADER 2007-2013, relacionados en el artículo 3.1 del Decreto y cualesquiera otros que pudieran adquirir esta condición entre la entrada en vigor del citado Decreto y la publicación de la presente Orden de convocatoria.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

a) Acciones promocionales y publicitarias genéricas, así como las acciones de información y divulgación de conocimientos científicos y técnicos sobre esos productos.

b) Ferias y exposiciones.

c) Estudios técnicos y de mercado, de los productos acogidos a programas de calidad diferenciada, facturados por una empresa prestataria de estos servicios.

Requisitos:

No podrán obtener la condición de beneficiarios en quienes concurra alguna de las circunstancias del artículo 12.2 de la Ley 6/2011, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura y aquellos interesados que no se hallen al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias o frente a la Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes o tengan cualquier deuda con la Hacienda de la Comunidad Autónoma.

Documentos asociados

Boletín: 04/05/2012
DOE Diario Oficial de Extremadura- Nº 85
Documento: Bases, Convocatoria 2012 y Anexos. Descargar Documento
Boletín: 31/07/2012
DOE Diario Oficial de Extremadura- Nº 147
Documento: Convocatoria 2013 y Anexos. Descargar Documento
Boletín: 10/07/2013
DOE Diario Oficial de Extremadura- Nº 132
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Boletín: 01/07/2014
DOE Diario Oficial de Extremadura- Nº 125
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