Ayudas para el apoyo a la certificación de la producción ecológica en la Comunitat Valenciana, en el marco del I Plan valenciano de producción ecológica 2016-2020.

Código de ayuda:

S54564/17

Norma:

ORDEN 29/2017, de 6 de noviembre. Resolución de 14 de noviembre de 2017. RESOLUCIÓN de 13 de septiembre de 2018. RESOLUCIÓN de 28 de mayo de 2019. RESOLUCIÓN de 8 de mayo de 2020.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 5 de junio de 2020.

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Aproximadamente 2.000

Finalidad u objetivo de la ayuda:

El objeto de las subvenciones previstas en el presente Anexo es regular el régimen de ayudas destinadas a fomentar la producción ecológica en el ámbito de la Comunitat Valenciana en el programa de la calidad de los alimentos regulado en el Reglamento (CE) 834/2007, del Consejo, de 28 de junio, y en el Reglamento (CE) 889/2008, de la Comisión, de 5 de septiembre.

Categorías Subvención

  • Agricultura, Ganadería, Caza y Pesca

Localización del organismo gestor

Comunidad Valenciana

Convoca:

Conselleria de Agricultura, Desarrollo Rural, Emergencia Climática y Transición Ecológica. (Comunidad Valenciana)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

1. La intensidad de la ayuda podrá ser de hasta un máximo del 70 % de los gastos subvencionables.

2. La cuantía de la ayuda a otorgar por beneficiario no podrá superar el importe de 2.000 euros anuales.

3. El importe total de las ayudas de minimis concedidas a una única empresa dedicada a la producción primaria de productos agrícolas no excederá de 15.000 euros durante cualquier periodo de tres ejercicios fiscales. El importe acumulado de las ayudas de minimis concedidas por Estado miembro a empresas activas en la producción primaria de productos agrícolas durante un período cualquiera de tres ejercicios fiscales no excederá del tope nacional de 413.750.000 € indicado en el anexo del Reglamento 1408/2013, de la Comisión de 18 de diciembre.

4. El importe total de las ayudas de minimis concedidas a una única empresa no dedicada a la producción primaria de productos agrícolas no excederá de 200.000 euros durante cualquier periodo de tres ejercicios fiscales.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Autónomos
  • Ganaderos y titulares de Explotaciones Ganaderas
  • Organizaciones y Cooperativas Agrarias

Detalle beneficiarios:

Podrán ser personas beneficiarias de la ayuda establecida en la presente orden, las personas físicas o jurídicas inscritas en Registro de operadores titulares de explotaciones agropecuarias (Registro de productores) o en el Registro de operadores titulares de empresas de elaboración, manipulación, envasado, almacenamiento, exportación o comercialización de productos ecológicos (Registro de empresas) de acuerdo con el artículo 4 de la Orden 30/2010, de 3 de agosto de la Conselleria de Agricultura, Pesca y Alimentación, por la que se aprueba el texto del Reglamento sobre producción y etiquetado de los productos ecológicos y del Comité d’Agricultura Ecològica de la Comunitat Valenciana (CAECV).

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