Ayudas para el año 2011, destinadas a fomentar la creacion o ampliacion de empresas cuyo proyecto pueda considerarse de especial interes para la Ciudad Autonoma de Melilla en el marco del programa operativo FEDER para Melilla 2007-2013.

Código de ayuda:

S28146/11

Norma:

Orden n.º 230 de fecha 2 de mayo de 2011. En Melilla, a 30 de diciembre de 2008.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 15/07/2011

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Fomentar la creación o ampliación de empresas cuyo proyecto pueda considerarse de especial interés para la Ciudad Autónoma de Melilla, que impliquen un efecto dinamizador en la economía de la Ciudad a través de la creación de empleo, por el volumen de inversión, por su carácter innovador, por el impulso que pueda dar a otras actividades o sectores o por el contenido altamente tecnológico de las mismas; Estas ayudas se financiarán con cargo al Programa Operativo FEDER para Melilla 2007-2013, dentro del Eje 2 "Desarrollo e Innovación Empresarial", Ámbito 08 "Otras inversiones en empresas", cofinanciado por el Fondo Europeo de Desarrollo Regional en un 70% y por la Ciudad Autónoma en el restante 30%.

Categorías Subvención

  • Creación nuevas empresas
  • Empleo

Localización del organismo gestor

Melilla

Convoca:

Consejería de Economía, Empleo y Turismo (Melilla)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Autónomos
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

Cualquier empresa sea PYME o no, con personalidad jurídica propia, que genere empleo y pretendan llevar a cabo inversiones en la Ciudad Autónoma de
Melilla.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Los proyectos de inversión siguientes:

a) Ampliación: Aquellos proyectos de inversión que supongan el desarrollo de una actividad empresarial ya establecida o la iniciación de otras, relacionadas o no con la ya realizada por la empresa solicitante, siempre que se creen nuevos puestos de trabajo.

Requisitos:

Los requisitos que deben cumplir los proyectos de inversión serán los siguientes:

a) Han de tener viabilidad técnica, económica y financiera.

b) Han de suponer la creación de empleos estables. En los proyectos de ampliación el beneficiario deberá incrementar su plantilla media con respecto
a los doce meses anteriores a la presentación de su solicitud.

c) La ejecución por parte del beneficiario del proyecto de inversión, así como la realización de las contrataciones objeto de la subvención, deberán
efectuarse una vez se haya presentado la solicitud de ayudas y el responsable del Órgano Instructor haya confirmado por escrito que, en espera de una verificación detallada, el proyecto cumple las condiciones de admisibilidad establecidas en el presente régimen. Si las labores comienzan antes de haberse cumplido lo dispuesto en este apartado, el proyecto no podrá optar a la ayuda.

d) La aportación del beneficiario destinada a la financiación del proyecto debe ser como mínimo del 25%.

e) La inversión mínima para que se considere proyecto subvencionable será de 200.000,00.-€.

f) El empleo mínimo a crear será de 20 trabajadores.

g) Estos dos últimos requisitos son condiciones necesarias para poder considerar un proyecto subvencionable, en caso contrario, se desestimaría la subvención.

Documentos asociados

Boletín: 06/01/2009
BOCME Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Melilla- Nº 4571
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
Boletín: 13/05/2011
BOCME Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Melilla- Nº 4816
Documento: Convocatoria 2011. Descargar Documento