Ayudas para el año 2010 para la realizacion de proyectos piloto con la financiacion del Fondo Europeo de Pesca.
Código de ayuda:
S39446/10Norma:
Orden de 20 de octubre de 2008. Orden de 19 de mayo de 2010.Plazo de Solicitud:
Fecha Fin: 21/07/2010Finalidad u objetivo de la ayuda:
Realización de proyectos piloto dirigidos a la adquisición y difusión de nuevos conocimientos técnicos, llevados a cabo por un agente económico, una asociación comercial reconocida o cualquier otro organismo competente reconocido, en cooperación con un organismo científico o técnico, de acuerdo con las normas contenidas en la presente orden, garantizando los preceptos legales de igualdad, concurrencia y publicidad. Esas ayudas cuentan con el apoyo financiero del Fondo Europeo de la Pesca.Categorías Subvención
Agricultura, Ganadería, Caza y Pesca
Localización del organismo gestor

Convoca:
Conselleria de Mar (Galicia)¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
Los importes máximos de las subvenciones que se concedan en dicho ejercicio presupuestario ascenderán a 2.700.000 euros, distribuidos en las siguientes anualidades:Anualidad 2010: 1.000.000 euros.
Anualidad 2011: 900.000 euros.
Anualidad 2012: 800.000 euros.
Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Asociaciones
- Ayuntamientos/Municipios
- Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
- Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
- Microempresas (menos de 10 empleados)
- Organismos / Entidades Públicas
- Organizaciones Empresariales y Sindicales
- Pymes (menos de 250 empleados)
Detalle beneficiarios:
1. Las empresas, las cooperativas o las asociaciones empresariales y de cooperativas reconocidas, siempre que su objeto social tenga relación directa con los objetivos del proyecto piloto.2. Organizaciones de productores pesqueros reconocidas y entidades de interés colectivo de acuerdo con la definición de la Ley 6/1993, de 11 de mayo, de pesca de Galicia.
3. Centros tecnológicos o cualquier otro organismo de investigación y desarrollo con participación privada mayoritaria.
¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
Podrán acogerse a estas ayudas los proyectos piloto que tengan como objetivo:a) Probar, en condiciones próximas a las condiciones reales del sector productivo, la viabilidad técnica o económica de una tecnología innovadora con el fin de adquirir y divulgar conocimientos técnicos o económicos de la tecnología en cuestión.
b) Permitir la realización de pruebas sobre planes de gestión y de asignación del esfuerzo pesquero,
incluido, en su caso, el establecimiento de zonas de veda, con objeto de evaluar las consecuencias biológicas y financieras, y la repoblación experimental.
c) Desarrollar y probar métodos para mejorar la selectividad de las artes de pesca, reducir las capturas
accesorias, los descartes o el impacto medioambiental, en particular en el fondo marino.
d) Probar otros tipos de técnicas de gestión pesquera, presentados por entidades que cumplan los requisitos determinados en el artículo 5 de esta orden y desarrollados en cooperación y bajo seguimiento y
control de un organismo científico o técnico.
No pueden acogerse a estas ayudas los proyectos que tengan como finalidad la pesca exploratoria en
cualquiera de sus posibles modalidades.
Son gastos elegibles a efectos de financiación los siguientes:
1. Los gastos de asistencia técnica para el desarrollo del proyecto, con un límite máximo del 50% del
presupuesto total.
2. Los gastos de adaptación del buque o de las instalaciones para la realización del proyecto, con un límite máximo del 10% del presupuesto total.
3. Los gastos derivados del funcionamiento del buque o de las instalaciones puestas a disposición del
proyecto, con un límite máximo del 20% del presupuesto total.
4. Los gastos de construcción de prototipos para la realización del proyecto, con un límite máximo del 75% del presupuesto total.
5. Los gastos de alquiler de buques, equipos o instalaciones, con un límite máximo del 20% del presupuesto
total.
6. Los gastos de seguimiento científico y técnico, con un límite máximo del 20% del presupuesto global.
7. Los gastos de personal de nueva contratación necesario para el desarrollo del proyecto, con un límite
máximo del 20% del presupuesto total.
8. Los gastos de adquisición de equipos y material científico y de laboratorio, así como otros que en este
ámbito se justifiquen debidamente por la finalidad y el proyecto presentado, con un límite máximo del
20% del presupuesto total.
9. Los gastos de difusión de los resultados con un límite máximo del 20% del presupuesto total.
En cualquier caso, todos los gastos para los que se solicita financiación deberán estar descritos con precisión en la solicitud presentada, tanto en tipo como en cuantía, y debidamente explicados y/o justificados los elementos que determinaron la valoración, mediante aportación documental o normativa.
Deberá estar valorado por separado el importe de los trabajos que corresponden a los agrupamientos de
gastos del párrafo primero de este artículo.
La comisión de evaluación podrá limitar la cuantía de los gastos elegibles que considere no justificados
debidamente en el proyecto, tanto en lo que se refiere a su número como a su valoración o su necesidad.
Requisitos:
Los proyectos tendrán un seguimiento científico adecuado y la evaluación cualitativa apropiada de losinformes técnicos, a fin de producir resultados significativos, según establece el Reglamento de aplicación
del FEP (R.A./FEP) en su artículo 19. Los informes técnicos estarán a disposición pública.
Los proyectos, según el artículo 19.4º del R.A./FEP, no serán de carácter comercial directo, y los beneficios
generados durante la aplicación de un proyecto se deducirán de la ayuda pública concedida, tal y como estipula el artículo 19 del R.A./FEP.
El plazo de realización del proyecto no será superior a los 30 meses.
Documentos asociados
Boletín:
30/10/2008
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 211
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
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Boletín:
10/11/2008
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 218
Documento: Corrección de Errores Descargar Documento
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 218
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Boletín:
16/06/2010
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 113
Documento: Convocatoria 2010. Descargar Documento
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 113
Documento: Convocatoria 2010. Descargar Documento