Ayudas para el año 2010 de la Agencia Pedro Lain Entralgo de Formacion, Investigacion y Estudios Sanitarios de la Comunidad de Madrid, para la realizacion de proyectos de investigacion en el campo de resultados en salud en atencion primaria.- Corrección.
Código de ayuda:
S56655/10Norma:
ORDEN 472/2010, de 16 de septiembre.Plazo de Solicitud:
Fecha Fin: 12/11/2010Finalidad u objetivo de la ayuda:
Realización de proyectos de investigación en el campo de resultados en salud en atención primaria.Categorías Subvención
I + D + i (Investigación+Desarrollo+Innovación)
Sanidad, Servicios Sociales y Mayores
Localización del organismo gestor

Convoca:
Agencia "Pedro Laín Entralgo" (Comunidad de Madrid)¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
La financiación de estas ayudas se realizará con cargo al capítulo IV del Presupuesto de Gastos de 2010 de la Agencia “Pedro Laín Entralgo”. La asignación máxima para las ayudas de esta convocatoria es de 225.000 euros.El importe máximo de la ayuda no podrá exceder de 56.000 euros por proyecto.
Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Ayuntamientos/Municipios
- Organismos / Entidades Públicas
Detalle beneficiarios:
Centros de salud, gerencias y la Dirección General de Atención Primaria, o las estructuras organizativas.¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
Las ayudas otorgadas se destinarán a financiar, siempre que estén directamente relacionados con la realización del proyecto de investigación, los siguientes tipos de gastos, excluyéndose expresamente la financiación de gastos de personal:a) Gastos de ejecución: Contratación de servicios o adquisición de bienes fungibles. En la aplicación de estos gastos deberá cumplirse lo dispuesto en el artículo 31 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones. Las contrataciones derivadas de esta Orden no supondrán ninguna relación laboral con la Comunidad de Madrid.
b) Gastos de organización y movilidad del grupo de investigación para la asistencia a reuniones relacionadas con el proyecto. El límite para estos gastos será de 1.500 euros.
Requisitos:
Requisitos de los solicitantes:A través de su representación legal, podrán ser solicitantes y, en su caso, beneficiarios de las ayudas previstas en la presente Orden, los centros de salud, gerencias y la Dirección General de Atención Primaria, o las estructuras organizativas derivadas de la aplicación del área única sanitaria en la Consejería de Sanidad de la Comunidad de Madrid a los que estén vinculados profesionalmente los investigadores principales de los proyectos.
Podrán participar como investigadores principales aquellos en quienes concurran los siguientes requisitos:
a) Ser profesionales sanitarios de atención primaria.
b) Estar vinculados profesionalmente durante el tiempo previsto para el desarrollo del proyecto a centros de salud, gerencias o Dirección General de Atención Primaria de la Consejería de Sanidad de la Comunidad de Madrid, o a las estructuras organizativas derivadas de la aplicación del área única sanitaria en la Consejería de Sanidad de la Comunidad de Madrid.
c) No estar realizando un programa de formación sanitaria especializada o un programa de formación en investigación para profesionales que hayan finalizado la formación sanitaria especializada.
d) Contar con la autorización del representante legal del centro o estructura organizativa con la que mantenga la vinculación profesional. Este requisito se entenderá acreditado con la firma de la solicitud.
e) Contar con autorización del responsable del centro o la estructura organizativa con el que mantenga la vinculación profesional para la solicitud y, en su caso, desarrollo del proyecto de investigación.
Podrán participar como investigadores colaboradores del grupo de investigación para el desarrollo del proyecto aquellos en quienes concurran los siguientes requisitos:
a) Hayan dado su conformidad a su participación, en los términos establecidos en el proyecto de investigación. Este requisito se entenderá cumplido con la firma del investigador en el documento que figura en el Anexo II.
b) Al menos dos investigadores colaboradores del grupo de investigación deberán ser profesionales de atención primaria de la Comunidad deMadrid, en activo profesionalmente en alguno de los centros que se mencionan en el artículo 8 de la presente convocatoria.
Documentos asociados
Boletín:
11/10/2010
BOCM Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid- Nº 243
Documento: Bases Reguladoras, Convocatoria 2010 y Anexos. Descargar Documento
BOCM Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid- Nº 243
Documento: Bases Reguladoras, Convocatoria 2010 y Anexos. Descargar Documento
Boletín:
21/10/2010
BOCM Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid- Nº 252
Documento: Corrección de Errores Descargar Documento
BOCM Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid- Nº 252
Documento: Corrección de Errores Descargar Documento