Ayudas para el año 2009 a los Centros Tecnologicos de la region, destinadas al desarrollo por parte de los mismos de los programas de fomento del desarrollo tecnologico y de participacion en I+ D.

Código de ayuda:

S38137/09

Norma:

Orden de 13/05/2009.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 30/05/2009

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Aprobación de las bases reguladoras y la convocatoria, en régimen de concurrencia competitiva, de ayudas destinadas a fomentar, durante el año 2009, la participación en los programas que se detallan en el anexo I de los Centros Tecnológicos ubicados en la región de Castilla-La Mancha.

Las ayudas establecidas en esta Orden tienen por objeto dar cumplimiento a las directrices básicas contenidas en el Convenio-Marco de colaboración entre la Consejería de Educación y Ciencia de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha y la “Federación de Entidades de Innovación de Castilla-La Mancha” (Fedicam), en materia de I+D, rmado el 1 de enero de 2008, así como a los objetivos del Plan Regional de Investigación, Desarrollo Tecnológico e Innovación (Princet).

Categorías Subvención

  • Comercio
  • Corporaciones Locales
  • Educación y Ciencia
  • Empleo
  • Formación
  • I + D + i (Investigación+Desarrollo+Innovación)

Localización del organismo gestor

Castilla-La Mancha

Convoca:

Consejería de Educación y Ciencia (Castilla-La Mancha)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Ayuntamientos/Municipios
  • Organismos / Entidades Públicas

Detalle beneficiarios:

Podrán ser beneciarias de las presentes subvenciones los Centros Tecnológicos. A efectos de esta orden, se consideran centro tecnológico aquellas asociaciones miembros de Fedicam, (Federación de

Entidades de Innovación en Castilla-La Mancha), o aquellas otras que no siendo miembros de dicha asociación, tengan un estudio de viabilidad de centro tecnológico presentado en la convocatoria correspondiente del Plan Nacional de I+D, y se hayan comprometido con la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha en su intención de construir dicho centro en el territorio regional.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Las ayudas irán destinadas a subvencionar las actuaciones incluidas en los programas relacionados a continuación y que se detallan en el anexo I.

Programa de fomento del desarrollo tecnológico

1.- Certicaciones y mantenimiento de estándares de calidad.

2.- Formación interna y externa en I+D.

3.- Estudios concretos para su futura aplicación comercial.

4.- Estudios sectoriales para la detección de problemas tecnológicos y propuesta de soluciones a los mismos, incluidos los planes de viabilidad, implantación y seguimiento de la I+D para empresas individuales.

Difusión de actividades de I+D

Programa de participación en I+D

1.- Participación en proyectos de I+D nacionales.

2.- Participación en proyectos de I+D internacionales.

3.- Participación en plataformas y redes de I+D, u otras entidades de colaboración con objetivos similares.

4.- Incorporación y/o mantenimiento de doctores en la plantilla.

Requisitos:

Los Centros Tecnológicos podrán revestir cualquiera de las formas jurídicas de personicación admitidas en Derecho y carecerán de ánimo de lucro, pudiendo intervenir en los mismos Universidades, Centros de Investigación y las entidades destinatarias de sus servicios que son, fundamentalmente, las empresas.

En todo caso, los Centros Tecnológicos deberán cumplir los siguientes requisitos:

Tener personalidad jurídica propia.

Tener su domicilio scal en el territorio de la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha. También se admitirá a aquellos que sin tener su sede scal en Castilla-La Mancha, el centro de trabajo para el que piden la ayuda este domiciliado en esta Comunidad, y su trabajo repercuta directamente en el territorio de la misma, así como en la creación de empleo.

Tener como uno de sus principales objetivos la realización de investigación y desarrollo.

Tener entre sus actividades difundir los resultados de la investigación.

Que en sus órganos de dirección, la mayoría de los miembros con derecho a voto procedan de asociaciones empresariales o de empresas que pertenezcan a grupos empresariales diferentes y que sean representativas de su ámbito de actuación.

Que las Administraciones Públicas no tengan una participación signicativa de su propiedad.

Establecer estatutariamente que de sus actividades pueda beneciarse cualquier entidad o empresa del sector, preferentemente las que realicen su actividad en Castilla-La Mancha.

Disponer para el cumplimiento de sus nes, de la organización adecuada, de medios personales propios con las competencias técnicas sucientes de los activos materiales propios o en cesión de uso exclusivo.

Deben cumplir los requisitos establecidos en el artículo 13 de la Ley 38/2003, Ley General de Subvenciones, no incurrir en ninguno de los supuestos de incompatibilidad previstos en la Ley del Gobierno y del Consejo Consultivo de Castilla-La Mancha (Ley 11/2003, de 25 de noviembre), así como encontrarse al corriente de pago de las obligaciones tributarias, frente a la Seguridad Social y hallarse al corriente de pago de obligaciones por reintegro de subvenciones.

Si el beneciario de las ayudas es una entidad sujeta a la normativa de prevención de riesgos labores, deberá acreditar que dispone de un plan de prevención de riesgos labores y que no ha sido sancionado, en virtud de resolución administrativa o sentencia judicial rme, por falta grave o muy grave en materia de prevención de riesgos labores durante el año inmediatamente anterior a la fecha de solicitud de la subvención.

Forma de acreditar los requisitos anteriores:

*Para centros que no pertenezcan a Fedicam:

Los números 1 a 8 se acreditaran mediante la presentación de la escritura de constitución y los estatutos del centro tecnológico.

El número 2, para el caso de carecer de domicilio scal en Castilla-La Mancha, se acreditaría mediante informe descriptivo en el que se justique esta situación.

El número 9 deberá realizarse, bien mediante la presentación de los correspondientes certicados acreditativos, bien mediante la autorización, en la solicitud a la administración, para obtener estos datos a través de medios informáticos y telemáticos en los supuestos en que este acceso sea posible de conformidad con el artículo 11 del Decreto21/2008.

El número 10, en su caso, mediante la presentación del plan de prevención de riesgos laborales y declaración de no haber sido sancionado, en virtud de resolución administrativa o sentencia judicial rme, por falta grave o muy grave en materia de prevención de riesgos labores durante el año inmediatamente anterior a la fecha de solicitud de la subvención.

Debe presentarse además, estudio de viabilidad presentado en la convocatoria correspondiente del plan nacional de I+D y certicado emitido por el órgano competente del centro tecnológico en el que se incluya el acta por la que aprueba la construcción del Centro en el territorio de Castilla-La Mancha.

*Para Centros pertenecientes a Fedicam

Deben acreditar los números 9 y 10 en los términos expresados anteriormente.


Documentos asociados

Boletín: 15/05/2009
DOCM Diario Oficial de Castilla-La Mancha- Nº 92
Documento: Base, Convocatoria 2009 y Anexos Descargar Documento