Ayudas para el año 2008 correspondientes al Programa Manuel Colmeiro dentro del Programa de Recursos Humanos del Plan Gallego de Investigación, Desarrollo e Innovación Tecnológica-Incite (2006-2010). - Convocatoria 2009.

Código de ayuda:

S41282/08

Norma:

Orden de 4 de septiembre de 2008. Orden de 21 de mayo de 2008. Orden de 7 de agosto de 2009.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 01/10/2009

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Esta orden establece las bases que regulan las ayudas de la Dirección General de Investigación, Desarrollo e Innovación de la Consellería de Innovación e Industria para los centros de I + D del Sistema Gallego de Ciencia y Tecnología, correspondientes al Programa Manuel Colmeiro, con el fin de fomentar:

a) La incorporación y consolidación de personal profesor e investigador con una trayectoria potencial de investigación sobresaliente en los centros de investigación del Sistema de Ciencia y Tecnología.

b) La consolidación del personal docente e investigador con una trayectoria destacada en los centros principales investigadores de del Sistema Gallego de Ciencia y Tecnología.

Categorías Subvención

  • Educación y Ciencia
  • Empleo
  • I + D + i (Investigación+Desarrollo+Innovación)
  • Recursos Humanos

Localización del organismo gestor

Galicia

Convoca:

Consellería de Innovación e Industria (Galicia)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Consultar Artículo 4º.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Ayuntamientos/Municipios
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones
  • Organismos / Entidades Públicas
  • Particulares / Personas físicas

Detalle beneficiarios:

1.- Modalidad A: centros del Sistema Gallego de Ciencia y Tecnología (ayudas a la línea de incorporación y consolidación del personal docente investigador y a la línea de incentivación del esfuerzo de consolidación).

Podrán optar a estas ayudas aquellos centros del Sistema Gallego de Ciencia y Tecnología señalados en el artículo 3 de la orden de esta consellería de 21 de mayo de 2008 (DOG del 2 de junio) que a continuación se indican:

a) Las universidades públicas del Sistema Universitario de Galicia.

b) Los organismos públicos de investigación (CSIC, IEO, etc) reconocidos como tales por la Ley 13/1986, de 14 de abril, de fomento y coordinación general de la investigación científica y técnica.

c) Los centros de I+D con personalidad jurídica propia vinculados o dependientes de la Administración General del Estado, de la Comunidad Autónoma de Galicia o de las entidades locales gallegas.

d) Los centros tecnológicos reconocidos como organizaciones u organismos de investigación que no realicen actividad de naturaleza económica y no puedan tener la consideración de empresa a los efectos del artículo 87, apartado 1 del Tratado de la Comunidad Europea, así como los centros amparados por lo dispuesto en el Real decreto 2609/1996, de 20 de diciembre, por el que se regulan los centros de innovación y tecnología.

Para poder optar a las ayudas del Programa Manuel Colmeiro establecidas en la presente convocatoria, los centros indicados en el párrafo anterior deberán ofertar puestos de trabajo de carácter permanente, que se cubriesen mediante contrato indefinido o nombramiento entre el 1 de enero y 31 de diciembre del año 2007 por investigadores/as o personal docente e investigador con unas retribuciones, no inferiores a las de un profesor/a titular de universidad o categoría equivalente en los organismos públicos de investigación, y que reúnan los siguientes requisitos:

a) Estar en posesión del grado de doctor con una antigüedad mínima de 6 años desde la fecha de obtención del título de doctor hasta la fecha de firma del contrato indefinido o nombramiento. A tales efectos, se entiende que la fecha de obtención del grado de doctor es la de la lectura y aprobación de
la tesis doctoral. En el caso de aquellos investigadores que estén en posesión de más de un doctorado, este requisito se referirá al primero de los doctorados obtenidos.

b) Tener una experiencia posdoctoral no inferior a 24 meses en las universidades o centros de I+D, de fuera de Galicia, distintos a aquel en el que estén prestando sus servicios; o haber cursado de manera íntegra y obtenido el título de doctor en alguna universidad extranjera.

Según lo establecido en la disposición transitoria primera de la Orden de 21 de mayo de 2008 (DOG del 2 de junio), los investigadores del Programa Ramón y Cajal (o programas equivalentes) de las convocatorias de los años 2001, 2002 y 2003, y los investigadores del Programa Isidro Parga Pondal de las convocatorias de los años 2003, 2004, 2005 y 2006, deberán haber realizado estancias de investigación en universidades o centros de I+D distintos a aquel en el que estén prestando sus servicios, por lo menos durante 18 meses, después de completar los cursos de licenciatura o haber cursado y obtenido el título de doctor en una universidad extranjera.

2.- Modalidad B: contratados de la 2ª prórroga del Programa Isidro Parga Pondal (solicitudes de evaluación para certificación del cumplimiento de los criterios de calidad de la producción y actividad científico-tecnológica que impliquen una trayectoria destacada).

Según lo establecido en la disposición transitoria segunda de la orden de esta consellería de 21 de mayo de 2008 (DOG del 2 de junio), los beneficiarios del Programa Isidro Parga Pondal del año 2003 que en la actualidad están disfrutando de la 2ª prórroga de sus contratos deberán someterse al proceso de evaluación indicado en el artículo 12 de dicha orden de bases, a tal efecto deberán presentar la correspondiente solicitud en el modelo normalizado RHS.MC-08/01, según lo indicado en el artículo 5 de la presente convocatoria.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

a) Línea de incorporación y consolidación de personal investigador: fomentar la ocupación de puestos de trabajo de forma permanente para los empleados y/o contratistas con una distinguida trayectoria de investigación y alto potencial en los centros de investigación en el Sistema de Ciencia y Tecnología de Galicia.

b) Línea de incentivación de la consolidación: está destinada a alentar la consolidación de los profesores y los investigadores con una experiencia investigadora sobresaliente probada y un alto potencial de investigación en los Centros del Sistema Galego de Ciencia y Tecnología.

Documentos asociados

Boletín: 02/06/2008
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 105
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
Boletín: 11/09/2008
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 176
Documento: Convocatoria 2008 y Anexos Descargar Documento
Boletín: 01/09/2009
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 171
Documento: Convocatoria 2009 y Anexos. Descargar Documento