Ayudas para el Programa de Fomento de la Regeneración y Renovación Urbanas.- Convocatoria 2016.

Código de ayuda:

S01146/16

Norma:

Orden de 29/12/2015. Orden de 26/09/2016. Resolución de 14/11/2016. Orden 165/2017, de 21 de septiembre.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 15 de diciembre de 2016.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Aprobar las bases reguladoras y convocar las ayudas previstas en el Programa de Fomento de la Regeneración y Renovación Urbanas del Decreto 71/2014, de 24 de julio, en el ámbito territorial de Castilla-La Mancha, dirigidas a la financiación de obras de rehabilitación en edificios y viviendas, de urbanización o reurbanización de espacios públicos y, en su caso, de edificación en sustitución de edificios demolidos, dentro de ámbitos de actuación previamente delimitados y que se encuentren incluidos en los Acuerdos suscritos en Comisión Bilateral, con el Ministerio de Fomento y con el Ayuntamiento en cuyo término municipal se ubique el ámbito de actuación.

Estas obras se realizarán con la finalidad de mejorar los tejidos residenciales, y recuperar funcionalmente conjuntos históricos, centros urbanos, barrios degradados y núcleos rurales.

Categorías Subvención

  • Vivienda y Urbanismo

Localización del organismo gestor

Castilla-La Mancha

Convoca:

Consejería de Fomento (Castilla-La Mancha)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Ayuntamientos/Municipios
  • Comunidades de bienes / propietarios
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones
  • Organismos / Entidades Públicas
  • Particulares / Personas físicas
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

Podrán ser beneficiarios de las ayudas quienes asuman la responsabilidad de la ejecución integral del ámbito de actuación, ya sean las propias entidades locales, los propietarios únicos de edificios de viviendas, las comunidades de propietarios, las agrupaciones de comunidades de propietarios y los consorcios y entes asociativos de gestión.

Cuando la ejecución de la actuación corresponda a varios beneficiarios, la ayuda se distribuirá en proporción al coste asumido por cada uno.

Cuando los beneficiarios sean personas físicas, deberán poseer la nacionalidad española, o la de alguno de los Estados miembros de la Unión Europea o del Espacio Económico Europeo y Suiza. En el caso de los extranjeros no comunitarios, deberán tener residencia legal en España.

Cuando sean personas jurídicas, deberán acreditar o declarar expresamente en su solicitud que se encuentran debidamente constituidas, según la normativa que les resulte de aplicación.

En el caso de entidades que carezcan de personalidad jurídica propia, deberá hacerse constar expresamente los compromisos de ejecución asumidos por cada miembro de la agrupación, así como el importe de la subvención a aplicar por cada uno de ellos.

Documentos asociados

Boletín: 31/12/2015
DOCM Diario Oficial de Castilla-La Mancha- Nº 254
Documento: Bases Reguladoras y Convocatoria 2016 Descargar Documento
Boletín: 16/02/2016
DOCM Diario Oficial de Castilla-La Mancha- Nº 31
Documento: Corrección de Errores Descargar Documento
Boletín: 29/09/2016
DOCM Diario Oficial de Castilla-La Mancha- Nº 191
Documento: Modificación plazo Descargar Documento
Boletín: 18/11/2016
DOCM Diario Oficial de Castilla-La Mancha- Nº 225
Documento: Modificación cuantía Descargar Documento
Boletín: 28/09/2017
- Nº 189
Documento: Modificación Bases Descargar Documento