Ayudas para el Programa «+Digital@», de incorporacion de las TICs en las PYMEs y asociaciones de empresas y profesionales.- Convocatoria 2011.- Modificación.

Código de ayuda:

S38073/11

Norma:

Bilbao, a 29 de junio de 2011.

Plazo de Solicitud:

Iniciativa «Mejora + Digital@»:del 01/01/2011 al 17/10/2011;Iniciativa «Asociación +Digital@»:del 01/01/2011 al 31/12/2011.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Impulsar la digitalización de los procesos internos de las Pymes y los procesos de relación con sus clientes, proveedores y las administraciones, mediante la utilización de las TICs para facilitar y consolidar la competitividad de las mismas, a través de la iniciativa denominada «Mejora +Digital@».

Así mismo, por otro lado, es también objeto de este programa favorecer la incorporación de las Tecnologías de la Información y las Comunicaciones (TIC´s) en el tejido empresarial vasco a través del
apoyo a proyectos en colaboración desarrollados por un conjunto de empresas e impulsados por Asociaciones de empresas y/o de profesionales dentro de la Comunidad Autónoma del País Vasco, mediante la iniciativa denominada «Asociación +Digital@».

Categorías Subvención

  • Asociacionismo y Voluntariado
  • Equipamientos informáticos y Tecnología

Localización del organismo gestor

País Vasco

Convoca:

SOCIEDAD PARA LA TRANSFORMACION COMPETITIVA-ERALDAKETA LEHIAKORRERAKO SOZIETATEA (País Vasco)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Subvención a fondo perdido.

«Mejora + Digital@»: con las siguientes intensidades de ayudas según tamaño de empresa:

– Micro y Pequeña Empresa, 35% de los gastos subvencionables.

– Mediana Empresa, 20% de los gastos subvencionables.

La subvención máxima anual concedida a cada empresa para la realización de uno o más proyectos presentados a este programa a lo largo del ejercicio, será de 12.000 €.

Excepcionalmente, podrá ampliar la subvención máxima en 21.000 € adicionales para aquellos proyectos que puedan ser catalogados como excelentes. En éstos el porcentaje de subvención será del 50%,
independientemente de si la empresa es pequeña o mediana.

La Ejecución de los Planes de Implantación de las TICS relacionados con el desarrollo de páginas web transaccionales o Extranets recibirá una subvención adicional del 15% del coste de las acciones anteriores, independientemente del tamaño de la empresa.

«Asociación +Digital@»:

Con carácter general, el 50% de los gastos e inversiones subvencionables.

La Ejecución de los Planes de Implantación de las TICS que impliquen la participación directa de sus asociados y que estén relacionados con el Diseño e implantación del web site de la asociación transaccional) y/o el Diseño e implantación de la Extranet de la empresa, tendrá un 15% adicional. En el caso de proyectos de «Desarrollo de aplicaciones informáticas de gestión» que estén diseñadas para ser utilizadas por las empresas de la Asociación y que hayan sido desarrolladas con herramientas de Software Libre, y sean registradas como aplicaciones GPL (General Public License), un 100% de los gastos de desarrollo de las citadas aplicaciones. En el caso de Solicitudes de Apoyo de aplicaciones de gestión en Software Libre, no se subvencionarán proyectos que contemplen desarrollos iguales a los ya presentados, al objeto de potenciar la reutilización de las aplicaciones ya realizadas.

La subvención máxima concedida por cada proyecto presentado a este programa será de 33.000 €. Las Asociaciones podrán presentar diferentes proyectos durante un año (enero a diciembre), sin que les afecte un límite máximo de subvención anual acumulada. No obstante para una misma Asociación no se admitirán proyectos presentados durante el mismo año en los que participe una misma entidad asociada. En el caso de proyectos en los que se acredite el cumplimiento de las normas WAI de Accesibilidad de contenidos,
la subvención máxima por cada proyecto ascenderá a 37.950 €.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Autónomos
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Particulares / Personas físicas
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

Por un lado, y dentro de la iniciativa «Mejora + Digital@», podrán ser beneficiarias las personas físicas
y jurídicas que realicen actividad económica y que, además, cumplan los requisitos establecidos.

Por otro lado, y dentro de la iniciativa «Asociación +Digital@», podrán ser beneficiarias las personas jurí-
dicas que sean asociaciones de empresas y/o profesionales que realicen directamente actividad empresarial, o bien que agrupen a empresas y/o profesionales que realicen actividad empresarial y que, además, cumplan los requisitos establecidos.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

«Mejora + Digital@»:

1.– Diagnóstico de necesidades y/o elaboración de Planes de Implantación de las TICS en las empresas, realizados por entidades o empresas especializadas.

2.– Ejecución de Planes de Implantación de las TICS que tiendan a digitalizar todos o parte de los procesos de negocio de la empresa y que estén relacionados con las siguientes actuaciones:

– Negocio Electrónico (e-Business).

– Marketing On-lin.

– Compras (e-Procurement).

– Comercio Electrónico (e-Commerce).

– Mercados Virtuales (e-Marketplaces).

– Diseño e implantación del web site de la empresa siempre y cuando éste incorpore, además de información sobre la empresa, la posibilidad de realizar transacciones comerciales.

– Diseño e implantación de la Intranet y/o Extranet de la empresa que optimicen la comunicación entre los trabajadores de la empresa y la de esta con sus clientes y proveedores.

– Diseño e implantación de Sistemas de Comunicación Interna basados en herramientas tipo wiki.

– Proyectos de implantación de Herramientas de Vigilancia Tecnológica.

– Proyectos de Adaptación de los Sistemas de Información de una empresa como consecuencia de proyectos de internacionalización de la misma (implantación en otros países).

– Proyectos que mejoren los procesos de la empresa mediante la utilización de tecnología RFID o similares.

– Diseño e implantación de Sistemas de Seguridad de los Sistemas de Información.

– Otros proyectos de implantación de las TICs tecnológicamente avanzados (innovadores) y catalogados por la Comisión Ejecutiva del programa como «excelentes», según se describe en el apartado “Gastos Subvencionables”.

«Asociación +Digital@»:

1.– Diagnóstico de necesidades y/o elaboración de Planes de Implantación de las TICS en las entidades de su ámbito de actuación.

Este diagnóstico contendrá al menos los siguientes apartados:

– Identificación de oportunidades de implantación de TICs para la mejora del negocio.

– Selección de oportunidades mediante la valoración y priorización de las mismas.

– Cuantificación de los beneficios económicos derivados de su implantación.

– Planificación de la implantación en contenidos, coste y plazo de ejecución.

2.– Ejecución de los Planes de Implantación de las TICS que impliquen la participación directa de sus asociados en el proyecto a través de procesos interactivos, que fomenten la transaccionalidad, y que estén relacionados con las siguientes actuaciones:

– Marketing Electrónico (e-Marketing).

– Compras (e-Procurement).

– Comercio Electrónico (e-Commerce).

– Mercados Virtuales (e-Marketplaces).

– Diseño e implantación del web site de la asociación siempre y cuando éste incorpore, además de información sobre la asociación, la posibilidad de realizar transacciones con sus asociados.

– Diseño e implantación de la Extranet que optimice la comunicación entre la asociación y sus clientes y/o proveedores.

– Creación de Comunidades Virtuales entre clientes y/o proveedores y otros agentes/instituciones, para el intercambio de experiencias, buenas prácticas, y fomentar la cooperación interempresarial, siempre que impliquen servicios transaccionales con los asociados.

3.– Desarrollo de aplicaciones informáticas que puedan ser utilizadas por las empresas de la Asociación.

Requisitos:

- Iniciativa «Mejora + Digital@».

1.– Que tengan su domicilio social en la Comunidad Autónoma del País Vasco (CAPV) o que al menos un centro de actividad este ubicado en la CAPV.

2.– Que cumplan las condiciones de Pyme establecidas en el anexo I del Reglamento 800/2008 de
la Comisión Europea, de 6 de agosto de 2008 o las disposiciones que la sustituyan o modifiquen.

3.– Que reúnan los requisitos para obtener la condición de beneficiario de ayudas públicas de acuerdo
a lo establecido en la legislación vigente.

4.– Que tengan su situación regularizada en cuanto a sus obligaciones tributarias y para con la Seguridad Social, según los límites que resulten exigibles de acuerdo con la legislación vigente, así como para con
cualquiera de las sociedades del grupo SPRI.

Iniciativa «Asociación +Digital@»

1.– Que tengan su domicilio social en la CAPV o que al menos un centro de actividad esté ubicado en
la CAPV.

2.– Que sean Asociaciones de empresas y/o de profesionales que apoyen y faciliten la implantación
de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones entre sus asociados y que presenten proyectos que
agrupen al menos a 10 entidades asociadas que acrediten estar involucradas en el proyecto y que acrediten tener su domicilio social en la CAPV o que tengan al menos un centro de actividad en la CAPV.

3.– Que tengan su situación regularizada en cuanto a sus obligaciones tributarias y para con la Seguridad Social, según los límites que resulten exigibles de acuerdo con la legislación vigente, así como para con
cualquiera de las sociedades del grupo SPRI.

Documentos asociados

Boletín: 24/01/2011
BOPV Boletín Oficial del País Vasco- Nº 15
Documento: Bases y Convocatoria 2011. Descargar Documento
Boletín: 13/07/2011
BOPV Boletín Oficial del País Vasco- Nº 133
Documento: Modificación Descargar Documento