Ayudas para el Fomento de la Cultura Cientifica y Tecnologica en el año 2008.

Código de ayuda:

S17846/08

Norma:

FUNDACIÓN ESPAÑOLA PARA LA CIENCIA Y LA TECNOLOGÍA (FECYT).

Plazo de Solicitud:

La presentación de las solicitudes se realizará a través del sistema telemático hasta el 14 de abril de 2008, a las 18:00h.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

La FECYT ha puesto en marcha una convocatoria de ayudas para la financiación de acciones de divulgación científica y tecnológica 2008.

La Convocatoria para el fomento de la cultura científica y tecnológica apoyará acciones generales de divulgación científica, además de continuar impulsando la celebración en España de la Semana de la Ciencia, dotada con una línea específica de financiación.

Como aspectos novedosos, la Convocatoria dispone de una línea específica de financiación para actividades enmarcadas en el Año Internacional del Planeta Tierra 2008. Asimismo, otra de las modalidades de ayuda está destinada a apoyar la preparación de futuras conmemoraciones científicas, como el Año Internacional de la Astronomía 2009 o el 150 aniversario de la publicación de El origen de las Especies de Charles Darwin.

La participación en Convocatoria para el fomento de la cultura científica y tecnológica 2008 se articula sobre un sistema telemático.

Las acciones que resulten finalmente aprobadas y financiadas en virtud de esta convocatoria deberán ser ejecutadas en el período comprendido entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2008.

Categorías Subvención

  • Asistencia a Ferias, Congresos y Material Promocional
  • Asociacionismo y Voluntariado
  • Educación y Ciencia
  • I + D + i (Investigación+Desarrollo+Innovación)
  • Inversiones Materiales y Equipos
  • Recursos Humanos

Localización del organismo gestor

España

Convoca:

Fundación Española para la Ciencia y Tecnología ( España)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Las ayudas concedidas en el marco de la presente convocatoria podrán financiar hasta el 100% del coste financiable de la acción.
La cuantía final de la ayuda que se conceda se determinará en cada caso en función de los criterios de evaluación y selección enunciados en el proceso de evaluación, teniendo en cuenta las disponibilidades presupuestarias de la convocatoria.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Ayuntamientos/Municipios
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones
  • Organismos / Entidades Públicas

Detalle beneficiarios:

Podrá ser solicitante y beneficiaria de las ayudas previstas en la presente convocatoria toda entidad con personalidad jurídica propia, pública o privada, legalmente constituida, con sede en España, sin ánimo de lucro y con capacidad para la realización de proyectos o actuaciones relacionados con la difusión, divulgación o comunicación de la cultura científica.

No se concederán ayudas para la realización de las acciones incluidas en el apartado 3.c) Unidades de cultura científica, en cuya ejecución participen entidades a las que la FECYT haya otorgado una ayuda por esta modalidad en el marco de la “Convocatoria de ayudas para la realización de acciones de difusión y divulgación científica y tecnológica del Año de la Ciencia 2007”.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Esta convocatoria de ayudas financia la realización de acciones de divulgación científica y tecnológica que se desarrollen durante el año 2008.

Se abren las siguientes líneas de financiación (modalidades de participación):

a) Actividades generales (Tipo A):
1. Actividades de divulgación científica y tecnológica a celebrar durante 2008, dirigidas al cumplimiento de los objetivos mencionados en el punto uno.
2. Actividades conmemorativas de la celebración internacional del Año del Planeta Tierra 2008. Se encuadrarán en esta línea las acciones encaminadas a dar a conocer los objetivos de la celebración del Año
Internacional del Planeta Tierra entre la ciudadanía y a divulgar las Ciencias de la Tierra y sus contribuciones al desarrollo sostenible a escala local o global.
3. Actividades preparatorias de la conmemoración en 2009 del Año Internacional de la Astronomía, el bicentenario del nacimiento de Darwin y el 150 aniversario de la publicación de la teoría de la evolución o cualquier otra conmemoración científica que tenga lugar en el año 2009. Se admitirán exclusivamente aquellas acciones y gastos que tengan lugar antes del 31 de diciembre de 2008.

b) Semana de la Ciencia 2008 (Tipo B).
1. Actividades de divulgación científica y tecnológica a celebrar en el marco de la Semana de la Ciencia 2008.
2. Coordinación de actividades a nivel territorial en el marco de la Semana de la Ciencia 2008.

c) Unidades de cultura científica (Tipo C).
Actividades encaminadas a crear o potenciar estructuras de divulgación, difusión e información científico-tecnológicas en universidades, organismos públicos de investigación, centros de investigación u otras
entidades públicas vinculadas al sistema español de I+D+I que carezcan o necesiten reforzar este tipo de servicio, con el objeto de apoyar a la comunidad científica en la transmisión de los resultados de la
investigación propiciando el acercamiento de la sociedad al saber científico y sus aplicaciones prácticas.
Este tipo de actividades quedarán condicionadas al cumplimiento de los requisitos establecidos en el Anexo I.

Las modalidades de participación serán excluyentes entre sí y un proyecto debe ser asignado a una única modalidad. La entidad solicitante deberá decidir la modalidad que considere que se ajusta a los fines y objetivos de la actividad a realizar.

Las ayudas concedidas en el marco de la presente convocatoria se destinarán a cubrir los gastos que están directamente relacionados con el desarrollo y ejecución de las acciones objeto de financiación.

Las ayudas concedidas podrán aplicarse a la financiación de los siguientes conceptos de gasto:
a) Gastos de personal contratado, dedicado directamente a la acción. Con carácter general, los costes de personal fijo vinculado estatutaria o contractualmente con la entidad solicitante no serán objeto de financiación.
b) Aparatos y equipos, en la medida y tiempo en que se utilicen para la acción y durante el tiempo que ésta dure.
c) Otros gastos, directamente derivados de la ejecución de la acción financiada y debidamente justificados (Material fungible, exclusiva y permanentemente destinado a la acción, material bibliográfico, viajes, dietas, etc.)

Los tributos serán gasto financiable cuando el beneficiario de la ayuda los abone efectivamente. En ningún caso se consideran gastos financiables los impuestos indirectos cuando sean susceptibles de recuperación o compensación ni los impuestos personales sobre la renta.

Los gastos financieros, siempre y cuando estén directamente relacionados con la actividad financiada y sean indispensables para la adecuada preparación y ejecución de la misma, se considerarán gastos financiables.

Documentos asociados

Boletín: 14/03/2008
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 64
Documento: Anuncio de Convocatoria 2008 Descargar Documento
Boletín: 14/03/2008
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 64
Documento: Bases de la Convocatoria 2008 Descargar Documento
Boletín: 14/03/2008
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 64
Documento: Modelos declaraciones responsables Descargar Documento