Ayudas para deportistas y tecnicos.- Convocatoria 2012.

Código de ayuda:

S05328/12

Norma:

ORDEN 2297/2011, de 28 de diciembre. Orden 2459/2010, de 26 de octubre.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 06/03/2012

Finalidad u objetivo de la ayuda:

La convocatoria de ayudas para el año 2012 para la mejora y perfeccionamiento de deportistas y técnicos que destaquen en su participación en competiciones oficiales de las distintas modalidades deportivas reconocidas, en la temporada 2010-2011.

Categorías Subvención

  • Actividades culturales, lingüísticas y Deporte

Localización del organismo gestor

Comunidad de Madrid

Convoca:

Vicepresidencia, Consejería de Cultura y Deporte y Portavocía del Gobierno (Comunidad de Madrid)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 6 de las bases reguladoras, las ayudas podrán ser de las siguientes cuantías:

— De 6.600 euros.

— De 4.400 euros.

— De 2.200 euros.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Particulares / Personas físicas

Detalle beneficiarios:

Los deportistas y técnicos que reúnan los requisitos establecidos.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

La mejora y perfeccionamiento de deportistas y técnicos que destaquen en su participación en competiciones oficiales de las distintas modalidades deportivas reconocidas, en la temporada 2010-2011.

Requisitos:

a) Estar inscrito en el padrón municipal de algún Ayuntamiento de la Comunidad de Madrid.

b) Disponer de licencia en vigor por alguna Federación Deportiva Madrileña, con un año, como mínimo, de antigüedad, con la que pueda representar a la Comunidad de Madrid durante el año natural en que se publique la correspondiente convocatoria.

c) No estar cumpliendo sanción firme por infracción disciplinaria o administrativa en materia deportiva, calificada como grave o muy grave.

d) No estar incursos en alguna de las causas contempladas en el artículo 13.2 y 3 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, a cuyo efecto se suscribirá declaración responsable.

e) Mantener los anteriores requisitos, al menos, hasta la fecha de justificación de la ayuda.

Documentos asociados

Boletín: 01/11/2010
BOCM Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid- Nº 261
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
Boletín: 17/02/2012
BOCM Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid- Nº 41
Documento: Convocatoria 2012. Descargar Documento