Ayudas para dar apoyo a la internacionalizacion de la I+D+I mediante la incorporacion de personal de gestion de la investigacion y la innovacion en organismos de investigacion ubicados en Cataluña y empresas con establecimiento operativo en Cataluña (Connect-EU Gestio 2011).- Convocatoria 2011.

Código de ayuda:

S51037/11

Norma:

RESOLUCIÓN ECO/2816/2011, de 17 de noviembre.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 13/01/2012

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Otorgar ayudas para la cofinanciación de personal de gestión de la investigación y la innovación en organismos de investigación ubicados en Cataluña y en empresas con establecimiento operativo en Cataluña con la finalidad de apoyar la internacionalización de la I+D+I, potenciar la gestión de proyectos, particularmente de fomento de la participación en proyectos del 7PM.

Categorías Subvención

  • Exportación / Internacionalización
  • I + D + i (Investigación+Desarrollo+Innovación)

Localización del organismo gestor

Cataluña

Convoca:

Departamento de Empresa y Conocimiento (Cataluña)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

La convocatoria subvencionará parcialmente el coste del gasto contractual
del personal de gestión de la investigación hasta un máximo del 60% del coste del gasto y hasta un máximo de 20.000,00 (veinte mil) euros al año por ayuda. Esta cantidad incluye la retribución salarial bruta y la cuota empresarial de la Seguridad Social.

Las entidades beneficiarias están obligadas a cofinanciar como mínimo el 40%
restante del gasto contractual.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Autónomos
  • Ayuntamientos/Municipios
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Organismos / Entidades Públicas
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

Los organismos de I+D públicos y privados ubicados en Cataluña y las empresas con establecimiento operativo en Cataluña. Se incluyen como organismos de I+D de Cataluña: universidades, centros CERCA y otros centros de I+D, centros de la red TECNIO y hospitales de la red sanitaria de Cataluña o sus respectivas fundaciones.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

La cofinanciación de personal de gestión de la investigación y la innovación en organismos de investigación ubicados en Cataluña y en empresas con establecimiento operativo en Cataluña con la finalidad de apoyar la internacionalización de la I+D+I, potenciar la gestión de proyectos, particularmente de fomento de la participación en proyectos del 7PM.

Requisitos:

a) En el caso de empresas públicas y privadas con un número de 50 trabajadores o trabajadoras o más, deben cumplir la obligación establecida en el artículo 38.1 de la Ley 13/1982, de 7 de abril, de integración social de los minusválidos, de dar ocupación a al menos un 2% de trabajadores o trabajadoras con disminuciones sobre el número total de trabajadores o trabajadoras de la entidad, o bien el Real decreto 364/2005, de 8 de abril, por el que se regula el cumplimiento alternativo con carácter excepcional de la cuota de reserva en favor de los trabajadores y las trabajadoras con discapacidad, de acuerdo con lo que se establece en el artículo 92.5 del Texto refundido de la Ley de finanzas públicas de Cataluña.

b) Cumplir las obligaciones tributarias y de la Seguridad Social.

c) Cumplir los requisitos establecidos en los artículos 32.1, 32.3 y 36.4 de la Ley 1/1998, de 7 de enero, de política lingüística.

d) No hallarse en ninguna de las circunstancias previstas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones.

e) No haber sido sancionadas por la Comisión, en resolución firme, por una
infracción grave en materia de integración laboral de personas minusválidas o muy grave en materia de relaciones laborales o en materia de seguridad y salud en el trabajo, de acuerdo con el Texto refundido de la Ley sobre infracciones y sanciones del orden social aprobado por el Real decreto legislativo 5/2000, de 4 de agosto.

f) No estar sujetas a una orden de recuperación pendiente después de una decisión previa de la Comisión Europea que haya declarado la ayuda ilegal e incompatible con el mercado común.

g) No se considerarán beneficiarias de estas ayudas las empresas en crisis. A
estos efectos, se entenderá que una pyme está en crisis si cumple los parámetros definidos en el artículo 1, apartado 7, del Reglamento (CE) núm. 800/2008, por el que se declaran determinadas categorías de ayudas compatibles con el mercado común en aplicación de los artículos 87 y 88 del Tratado (Reglamento general de exención por categorías) (DOUE L 214, de 9 de agosto de 2008). Por otra parte, una gran empresa está en crisis si cumple con la definición incluida en las directrices comunitarias sobre ayudas estatales de salvamento y reestructuración de empresas en crisis (DOUE C 244, de 1 de octubre de 2004).

h) Adoptarán las medidas de prevención y detección de los casos de acoso sexual y de acoso por razón de sexo conforme al artículo 92.7 de la Ley de finanzas públicas de Cataluña, en la medida de lo posible para la entidad.

En el caso de empresas con una plantilla superior a 25 trabajadores o trabajadoras, deben cumplir la obligación prevista en los artículos 5 y 29 de la Ley 5/2008, de 24 de abril, del derecho de las mujeres a erradicar la violencia machista, y disponer de una memoria que indique los medios que utilizan, de acuerdo con los agentes sociales, para prevenir y detectar casos de acoso por razón de sexo e intervenir en ellos en los centros de trabajo.

i) Si las hay, deben detallar las otras ayudas recibidas y/o solicitadas para la misma finalidad, procedentes de cualquiera de las administraciones o entidades públicas o privadas, nacionales o internacionales, especificando la cuantía, la fecha de otorgamiento y el ente otorgante.

j) Si existen, deben detallar las ayudas de minimis recibidas en los dos ejercicios fiscales anteriores y en el ejercicio fiscal en curso, especificando la cuantía, la fecha de otorgamiento y el ente otorgante.

Documentos asociados

Boletín: 05/12/2011
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 6019
Documento: Bases y Convocatoria 2011. Descargar Documento