Ayudas para cursar enseñanzas de formación profesional reglada agraria y agroalimentaria en las escuelas dependientes de la Consejería de Agricultura y Ganadería, y para la realización de prácticas en empresas, Convocatoria curso 2007/2008.

Código de ayuda:

S31446/07

Norma:

ORDEN AYG/591/2008, de 25 de marzo. ORDEN AYG/577/2007, de 26 de marzo.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 15/05/2008

Finalidad u objetivo de la ayuda:

La presente Orden tiene por objeto convocar ayudas destinadas a los alumnos que realicen durante el curso 2007/2008, enseñanzas regladas de formación profesional agraria y agroalimentaria u otras enseñanzas regladas con módulos formativos eminentemente agrarios o agroalimentarios, en Escuelas dependientes de la Consejería de Agricultura y Ganadería por el alojamiento, manutención,desplazamiento del domicilio habitual del alumno al centro, material escolar y realización de prácticas en empresas.

Categorías Subvención

  • Agricultura, Ganadería, Caza y Pesca
  • Formación

Localización del organismo gestor

Castilla y León

Convoca:

Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Rural (Castilla y León)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

La beca podrá comprender uno o varios de los siguientes conceptos y en las cuantías máximas que se indican:

a) Alojamiento y manutención: ayuda para los gastos derivados de la residencia y comida del alumno durante el curso fuera del domicilio familiar, 1.200 € por curso.
b) Manutención sin alojamiento (sólo alumnos en externado): ayuda para pagar los gastos ocasionados por la comida del alumno fuera de su domicilio, 500 € por curso.
c) Desplazamiento (sólo alumnos en externado): ayuda para gastos ocasionados por el transporte diario durante el curso y en función de la distancia del domicilio del alumno al centro docente:
– Hasta 10 km., 125 € por beneficiario y por curso.
– A partir de 10 km., 6 €/km. hasta un máximo de (500 €) por beneficiario y por curso.
d) Material escolar y de prácticas: 100 € por alumno y por curso. Los alumnos matriculados en los programas de iniciación profesional y en los ciclos formativos de grado medio y superior que justifiquen
mediante factura original la adquisición de un equipo de trabajo para la realización de prácticas, podrán obtener una ayuda complementaria de 100 € una sola vez por Ciclo Formativo.
e) Prácticas en empresas: ayuda destinada a sufragar los gastos de desplazamiento, alojamiento y manutención durante los días de estancia en la empresa o explotación agraria, con los siguientes límites:
– Hasta un máximo de 700 € para los alumnos en prácticas de los ciclos formativos de «Industrias Alimentarias».
– Hasta un máximo de 600 € para el resto de alumnos en prácticas.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Particulares / Personas físicas

Detalle beneficiarios:

Podrán ser beneficiarios de estas ayudas los alumnos matriculados en las Escuelas de Capacitación Agraria y Agroalimentaria dependientes de la Consejería de Agricultura y Ganadería, que sigan enseñanzas regladas de formación profesional específica agraria y agroalimentaria o de otras enseñanzas regladas con programas o módulos formativos eminentemente agrarios o agroalimentarios, durante el curso académico 2007/2008 y aquellos alumnos que realicen las prácticas en empresas en el año 2008, en alguna de las siguientes modalidades de enseñanza:

– Programas de iniciación profesional (programas de garantía social) de la familia profesional «Actividades Agrarias».
– Ciclos formativos de grado medio de la familia profesional «Industrias Alimentarias».
– Ciclo formativo de grado medio de la familia profesional «Actividades Físicas y Deportivas».
– Ciclos formativos de grado medio y superior de la familia profesional «Actividades Agrarias».

No podrán obtener la condición de beneficiarios, aquellos solicitantes que incurran en alguna de las circunstancias establecidas en los apartados 2 y 3 del artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre,
General de Subvenciones.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Podrán ser objeto de subvención los gastos derivados de los siguientes conceptos:

a) Alojamiento y manutención. Ayuda para los gastos derivados de la residencia y comida del alumno durante el curso fuera del domicilio familiar.
b) Manutención sin alojamiento (sólo alumnos en externado). Ayuda para pagar los gastos ocasionados por la comida del alumno fuera de su domicilio.
c) Desplazamiento (sólo alumnos en externado). Ayuda para gastos ocasionados por el transporte diario durante el curso y en función de la distancia del domicilio del alumno al centro docente.
d) Material escolar y de prácticas.
e) Prácticas en empresas. Ayuda destinada a sufragar los gastos de desplazamiento, alojamiento y manutención durante los días de estancia en la empresa o explotación agraria.

Requisitos:

Para ser beneficiarios de estas ayudas se deberán cumplir los siguientes requisitos o condiciones:

a) Estar matriculado por cursos completos en alguna de las modalidades de enseñanza relacionadas anteriormente.
b) Los umbrales de renta familiar neta no deben haber superado en el año 2006 las cantidades establecidas en el apartado Cuarto.
Para los solicitantes que no estén obligados a prestar declaración del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y que no hayan solicitado la devolución de este impuesto, a la suma de las imputaciones
íntegras en concepto de rendimiento de trabajo, rendimientos del capital mobiliario y ganancias patrimoniales, se les restará la cantidad de 3.500 €, en concepto de reducción general del rendimiento íntegro.
c) Los alumnos que estén repitiendo curso no tendrán derecho a ayuda, excepto aquellos alumnos que debido a causas graves, de enfermedad, accidente, etc. del solicitante o de sus padres hayan tenido que abandonar los estudios durante algún período de tiempo y siempre que cuenten con un informe favorable del Centro educativo.
d) A efectos de la concesión de la ayuda para la realización de prácticas en empresas recogida en el punto sexto e), no se tendrán en cuenta los requisitos del apartado b) del presente punto.

Documentos asociados

Boletín: 02/04/2007
BOCyL Boletín Oficial de Castilla y León- Nº 65
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
Boletín: 15/04/2008
BOCyL Boletín Oficial de Castilla y León- Nº 72
Documento: Convocatoria 2008 y Solicitud Descargar Documento