Ayudas para contratar profesionales sanitarios que hayan finalizado el período de Formación Sanitaria Especializada.

Código de ayuda:

S25455/04

Norma:

Resolución de 28 de octubre de 2004.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 01/12/2004

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Completar la formación de profesionales sanitarios que hayan terminado el período de Formación Sanitaria Especializada regulado para Médicos, Farmacéuticos, Químicos, Biólogos, Psicólogos Clínicos y Radiofísicos Hospitalarios, mediante el desarrollo de un plan de formación en investigación biomédica básica orientada, clínica o en salud pública y en servicios de salud, en centros de acreditada capacidad investigadora, bajo la dirección y tutela de un grupo de investigación.

Categorías Subvención

  • Empleo
  • Formación
  • Sanidad, Servicios Sociales y Mayores

Localización del organismo gestor

España

Convoca:

Ministerio de Sanidad y Consumo ( España)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Los contratos de trabajo por obra o servicio determinado que se firmen al amparo de este programa, tendrán una dotación inicial, para el primer año de formación incluida la cuota patronal de la Seguridad Social, de 36.000 € íntegros anuales, de la que el Instituto de Salud «Carlos III» financiará el 60% y la entidad solicitante y beneficiaria, contratante, el restante 40% de la citada cantidad.

Mientras dure la estancia en el centro extranjero, los contratados percibirán del Instituto de Salud «Carlos III» una asignación mensual de 900 € con la finalidad de financiar los gastos de alojamiento y manutención.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Ayuntamientos/Municipios
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Organismos / Entidades Públicas
  • Pymes (menos de 250 empleados)

Detalle beneficiarios:

Cualquier entidad pública o privada que desee cofinanciar con el Instituto de Salud «Carlos III» este programa, que no se encuentre inhabilitada para la obtención de subvenciones públicas o para contratar con el Estado u otros entes públicos.

En el caso de los Centros del ámbito del Sistema Nacional de Salud que gestionan sus actividades de investigación mediante fundación de derecho privado, podrán solicitar las ayudas a través de estas entidades previa aportación de los estatutos registrados de las mismas y la autorización para la solicitud, que será emitida por el responsable del centro o por autoridad superior, en caso de que aquél no ostente la competencia para dicha autorización.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

La contratación de profesionales sanitarios que hayan finalizado el período de Formación Sanitaria Especializada, dentro del Programa de Recursos Humanos y Difusión de la Investigación del Instituto de Salud «Carlos III», en el marco del Programa Nacional de Potenciación de Recursos Humanos del Plan Nacional de I+D+I 2004-2007.

SOBRE LOS CONTRATADOS
- La incorporación de los candidatos seleccionados a los centros de investigación donde se vaya a desarrollar el programa de formación, se formalizará por medio de contratos de trabajo por obra o servicio determinado, cuya duración será de tres años, suscrito entre el candidato y la entidad beneficiaria.
- La incorporación de los candidatos adjudicatarios de estos contratos a los centros deberá efectuarse en el plazo de treinta días naturales a contar desde la fecha de notificación de la resolución de concesión de la subvención.
- El contrato será compatible con un contrato de guardias en el caso de que el candidato vaya a desarrollar su programa de formación en un centro del Sistema Nacional de Salud.
- Preferentemente a partir del segundo año de formación, el contratado deberá desarrollar parte de su programa de formación en un centro extranjero, mediante una estancia de una duración entre seis y doce meses.

Requisitos:
- Haber finalizado el programa de Formación Sanitaria Especializada que habilita para participar en esta Convocatoria durante 1999, o en fecha posterior.
- No ser presentados por más de una entidad solicitante.

Consultar Requisitos de los centros y grupos donde se desarrolle el programa de formación en el punto 6 de la Resolución.

Requisitos:

- Cada entidad solicitante podrá presentar los candidatos que considere oportuno, proponiendo en cada caso, un único centro para la realización del programa de formación, que podrá coincidir o no con el de los restantes candidatos.
- En el caso de que la entidad solicitante no coincida con el centro donde se va a desarrollar el programa de formación, será necesario que ambos suscriban un acuerdo en el que se garantice en su totalidad la estabilidad de dicho programa.
- Además de estos requisitos exigidos para ser beneficiario, deberán también cumplirse los requisitos establecidos en los puntos 4 a 7 del apartado cuarto de la Orden SCO/3410/2004, de 7 de octubre (BOE del 22) por la que se aprueban las bases reguladoras de estas ayudas.

Documentos asociados

Boletín: 13/11/2004
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 274
Documento: Convocatoria Descargar Documento