Ayudas para compensar las pérdidas de ingresos derivadas de la aplicación obligatoria de la medida de lucha contra el caracol manzana consistente en no cultivar los campos de arroz infestados con caracol manzana correspondientes al 2018.

Código de ayuda:

S55455/18

Norma:

Orden APM/1122/2017, de 21 de noviembre. RESOLUCIÓN ARP/2507/2018, de 27 de septiembre.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 22 de noviembre de 2018.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Convocar las ayudas para el año 2018 destinadas a compensar las pérdidas económicas derivadas de la
obligación impuesta de no cultivar los campos de arroz infestados con caracol manzana durante el período
comprendido entre el 15 de abril y el 31 de octubre del año 2018, ambos inclusive, de acuerdo con las bases
reguladoras aprobadas en la Orden APM/1122/2017, de 21 de noviembre, por la que se aprueban las bases
reguladoras de las ayudas para compensar las pérdidas de ingresos derivadas de la aplicación obligatoria de la medida de lucha contra el caracol manzana consistente en no cultivar los campos de arroz.

Categorías Subvención

  • Agricultura, Ganadería, Caza y Pesca

Localización del organismo gestor

Cataluña

Convoca:

Departamento de Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentación (Cataluña)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Autónomos
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Organizaciones y Cooperativas Agrarias
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

Pueden ser beneficiarias de estas ayudas las personas físicas o jurídicas, públicas o privadas, y otros tipos de unidades económicas o de patrimonio separado, aunque no tengan personalidad jurídica que cumplan los requisitos en el momento de presentar su solicitud.

Requisitos:

a) Tener la condición de PYME de acuerdo con los criterios establecidos en el anexo 1 del Reglamento (UE)702/2014).

b) Ser titular de una explotación agrícola afectada por la medida obligatoria de no iniciar el cultivo de arroz y de mantener la parcela seca sin ningún tipo de aportación de agua durante toda la temporada de cultivo impuesta por la directora general competente en materia de sanidad vegetal.

c) Cumplir con la normativa en materia de sanidad vegetal vigente.

Documentos asociados

Boletín: 22/11/2017
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 284
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
Boletín: 31/12/2018
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 7738
Documento: Convocatoria 2018 Descargar Documento