Ayudas para centros de recogida de animales de compañia abandonados.- Convocatoria 2012.

Código de ayuda:

S42455/12

Norma:

Orden GAN/55/2012, de 15 de noviembre.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 30/11/2012

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Establecer las bases reguladoras de un régimen de ayudas, en régimen de concurrencia competitiva, destinadas a la mejora o acondicionamiento, de centros de recogida de animales de compañía abandonados con la finalidad de dar cumplimiento a las obligaciones existentes en materia de higiene y bienestar animal, así como establecer la convocatoria para el año 2012, con la finalidad de que una vez realizadas las mejoras el recinto cumpla con la normativa para ser inscrito como núcleo zoológico.

Categorías Subvención

  • Asociacionismo y Voluntariado

Localización del organismo gestor

Cantabria

Convoca:

Consejería de Desarrollo Rural, Ganadería, Pesca, Alimentación y Medio Ambiente (Cantabria)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

a) Del 100% de la inversión aprobada y realizada, con una cuantía máxima de ayuda por Asociación o Entidad local de 10.000,00 euros anuales, para las actividades contempladas en los apartados a) y b).

b) Del 50 % del gasto realizado en alimentación y productos sanitarios con una cuantía máxima de ayuda de 200,00 € por animal según censo a la solicitud de ayuda.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones

Detalle beneficiarios:

Las Asociaciones de Protección de Animales legalmente constituidas y sin ánimo de lucro, que tengan formalizado un convenio o acuerdo de colaboración con las Entidades Locales, para la recogida de animales de compañía abandonados.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

a) Inversiones en bienes inmuebles, excluido compra de tierras, incluyendo la adaptación o ampliación de las instalaciones existentes.

b) Adquisición de maquinaria auxiliar, material y equipamiento para la gestión y manejo de los animales.

c) Los gastos en alimentación y tratamientos sanitarios preventivos con los siguientes topes máximos por animal.

d) Identificación, tratamientos sanitarios, vacunaciones, u otras medidas profilácticas.

Requisitos:

Los solicitantes deberán encontrarse al corriente de sus obligaciones tributarias con la Hacienda Estatal y Autonómica y frente a la Seguridad Social con anterioridad a dictarse la propuesta de resolución de concesión.

Documentos asociados

Boletín: 20/11/2012
BOC Boletín Oficial de Cantabria- Nº 224
Documento: Bases, Convocatoria 2012 y Anexos. Descargar Documento