Ayudas para becas y contratos en el marco del estatuto del personal investigador en formacion, del programa de Formacion de Profesorado Universitario.

Código de ayuda:

S69982/07

Norma:

RESOLUCION de 25 de octubre de 2007.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 07/12/2007

Finalidad u objetivo de la ayuda:

La finalidad de esta convocatoria es promover la formación de doctores en programas de solvencia formativa e investigadora, mediante la concesión, en régimen de publicidad, objetividad y concurrencia competitiva, de 950 ayudas en cualquier área del conocimiento científico, que facilite su futura incorporación al sistema español de educación superior e investigación científica.

El programa financiará además, ayudas para estancias breves y traslados temporales al extranjero que en su caso procedan, así como los precios públicos de la matrícula en el doctorado, de acuerdo con lo dispuesto en los apartados V, VI y VII de la presente convocatoria.

Las ayudas que se concedan al amparo de la presente convocatoria, quedarán sujetas al ámbito de aplicación del Real decreto 63/2006, por el que se aprueba el Estatuto del personal investigador en formación.

Categorías Subvención

  • Educación y Ciencia
  • Formación

Localización del organismo gestor

España

Convoca:

Ministerio de Educación y Ciencia ( España)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Particulares / Personas físicas

Detalle beneficiarios:

Podrán ser beneficiarios de las ayudas los titulados universitarios que, en la fecha de cierre del plazo de presentación de solicitudes, cumplan todos los requisitos que se establecen en el apartado III.1 de esta
resolución.

Los beneficiarios de estas ayudas no podrán encontrarse incursos en ninguna de las circunstancias que prohíben la obtención de la condición de beneficiario, recogidas en el artículo 13 de la Ley General de Subvenciones, y deberán cumplir las obligaciones recogidas en el artículo 14 de la Ley General de Subvenciones.

A los efectos de la presente resolución, se entenderá por organismo, centro o entidad a los que podrán adscribirse los beneficiarios de las ayudas que se concedan por el presente programa a:

a) Las universidades españolas públicas y privadas sin fin de lucro, el CSIC y los Organismos Públicos de Investigación reconocidos por la Ley 13/1986, de 14 de abril, de Fomento y Coordinación de la Investigación Científica y Técnica.
b) Los centros de I+D públicos y privados sin fin de lucro, con personalidad jurídica propia y diferenciada, vinculados o dependientes de la Administración General del Estado, de Administraciones Públicas Autonómicas y de Administraciones Locales, independientemente de su personalidad jurídica. Dichos centros deberán tener capacidad de contratación laboral y mantener la vinculación necesaria con las universidades en las que se encuentren matriculados los beneficiarios de las ayudas, de forma que puedan realizar la actividad formativa requerida en el programa de doctorado y las correspondientes al objeto de la presente convocatoria.

Los organismos o entidades a los que se refiere el punto anterior, asumirán la condición de entidad colaboradora a los efectos de lo dispuesto en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, para todos los beneficiarios de las ayudas que se concedan en este programa.

Documentos asociados

Boletín: 17/11/2007
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 276
Documento: Convocatoria Descargar Documento